El caso de la viuda expropiada
Ha llegado a nuestros oídos el caso en el que hace años quedó la viuda de un tal Adolfo quien, sin descendencia y con una buena cartera de acciones que pagaban jugosos dividendos, quiso asegurarse de que cuando él faltase, su patrimonio quedase en su familia al mismo tiempo que su esposa siguiese en una situación desahogada. Razones por las que designó a su hermana como heredera de la nuda propiedad, y a su cónyuge como usufructuaria vitalicia de las acciones, por lo que esta seguiría cobrando los dividendos de por vida.
El problema estalló cuando Adolfo falleció y las empresas en cartera empezaron a sustituir los dividendos por scrip dividend. La viuda se dio cuenta entonces de que era su cuñada quien, defendiendo el patrimonio familiar, optaba por recibir las acciones, con lo que los dividendos que iban a garantizar su bienestar se secaron.
Qué dice la ley y los tribunales
Los scrip dividend son humo bajo el que se enmascara una ampliación de capital liberada. Si se acepta el dinero, equivale a la venta de parte de las acciones, en este caso a favor del usufructuario y a costa de una dilución de la participación del nudo propietario en la compañía.
En cambio, si se opta por las nuevas acciones, se mantiene la participación en la compañía resguardando esa nuda propiedad, pero cerrando el grifo de ingresos al usufructuario. Por ello, la legislación es clara, es el nudo propietario quien tiene derecho a decidir qué hacer y las acciones que se otorguen pertenecen al nudo propietario.
Sin embargo, teniendo en cuenta la voluntad del finado, tras una pugna judicial algún tribunal (en 2014) se ha declarado a favor de otorgar las acciones recibidas en scrip dividend al usufructuario, algo que al parecer ya ni siquiera tendría cabida con la nueva ley de Sociedades de Capital.
Nuestros consejos
· Por ello, tenga cuidado con los testamentos que redacta. Si quiere que su patrimonio quede en su familia puede separar nuda propiedad y usufructo, pero para garantizar rentas para sus seres queridos no se fie de dividendos. Pueden ser previsibles, pero no están escritos en piedra. De hecho, en la sentencia de 2014 las empresas de las que se fiaba el reparto eran de los más granado de nuestro parqué: Iberdrola, Santander y Telefónica.
· Mejor, contrate seguros con designación expresa de beneficiarios o bienes cuyas rentas se puedan poner poco en cuestión como obligaciones del Estado con jugoso cupón.