¿Qué hacer con el dividendo de Iberdrola? ¿Cobrarlo en efectivo o reinvertirlo en nuevas acciones?
Iberdrola ofrece a sus accionistas la posibilidad de cobrar el próximo dividendo en efectivo o en acciones de la compañía. La elección dependerá de la evolución de la cotización de la eléctrica.
Ampliación liberada
Una vez más, Iberdrola lanza su programa de reinversión de dividendos “Dividendo Flexible” articulado a través de una ampliación de capital liberada. El 2 de diciembre cada accionista de Iberdrola habrá recibido por cada una de sus acciones un derecho de asignación gratuito. Derecho que sustituye al tradicional pago a cuenta del dividendo del ejercicio 2010 que estaba fijado en 0,146 euros brutos por acción, 0,11826 netos.Los accionistas tienen dos posibilidades de materializar estos derechos: en forma de nuevas acciones o en metálico.
En forma de nuevas acciones…
· Los derechos que reciba pueden ser vendidos en Bolsa desde el 3 hasta el 17 de diciembre. El 3 de diciembre, cada derecho empezará a negociarse a ese precio de 0,146 euros y su valor variará en relación y similar proporción al de las acciones de Iberdrola. Pasado este plazo, si usted no dio ninguna orden a su intermediario, cada lote de 36 derechos le serán canjeados por una nueva acción de la eléctrica y su intermediario procederá a vender los derechos sobrantes que no sean múltiplos de esta cantidad. Las nuevas acciones empezarán a cotizar en Bolsa el 27 de diciembre.
· Tanto si vende los derechos en Bolsa como si se los canjean por nuevas acciones, al ser una ampliación liberada, no deberá declarar nada al Fisco hasta que venda las acciones que los generaron (o nunca si las deja en herencia).
… o cobrarlo en efectivo
· Si el derecho cae de precio, hará mal en venderlos pues la retribución de 0,146 euros por cada uno es fija para quien opte por cobrar en efectivo el dividendo. Así, si usted opta por el dinero en metálico deberá comunicárselo a su intermediario antes del 14 de diciembre. Éste entregará sus derechos a Iberdrola que, a su vez, se los pagará a usted en forma de dividendos en efectivo el 22 de diciembre.
· Si no desea correr ningún riesgo y llegado el 14 de diciembre no ha vendido sus derechos, hará bien en optar por el pago en efectivo. Pago que a ojos de Hacienda será considerado como si hubiese recibido un dividendo normal, teniendo que tributar por él al 19% (por los primeros 6.000 euros de rentas del ahorro) y al 21%(por los restantes) pero sabiendo que los primeros 1.500 euros cobrados por dividendos están exentos de tributación (vea págs. 12 y 13).
Nuestro consejo
Mientras que la cuantía del dividendo es un valor fijo, el valor de cada derecho oscilará en Bolsa en función de la cotización del Iberdrola. Así, si la acción sube, el valor del derecho subirá, con lo que su venta, una vez descontados los gastos, podría resultarle más jugosa que si optase por cobrar el dividendo. No nos parece pues mala idea no hacer nada por ahora y vigilar cómo evoluciona el valor del derecho hasta el 14 de diciembre. Si su valor sube hará bien en venderlos, si su valor cae ordene cobrar el dividendo el día 14 de dicho mes. Si decide venderlos, pregunte antes a su intermediario por las comisiones y gastos de dicha venta. Mientras que en algunos resultan ajustadas e incluso baratas – como la Línea OCU Bolsa (902 888 888) –, en otros pueden llegar a comerse toda la ganancia e incluso más.