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ES0113679I37
Los próximos 28 de septiembre y 5 de octubre Bankinter amortizará anticipadamente dos emisiones de participaciones preferentes (las series A y B, respectivamente, de Bankinter Finance) por las que está pagando trimestralmente unos intereses anuales del 5,76% y que fueron colocadas hace cinco años entre sus clientes como participaciones perpetuas (sin fecha de vencimiento). Una amortización ésta basada en una cláusula recogida en su folleto de emisión que, aunque legal, nos parece desequilibrada.
Participaciones poco atractivas
Diversas han sido las razones que nos han llevado a desaconsejar siempre las participaciones preferentes. Entre ellas destacan su escasa liquidez (es difícil venderlas posteriormente si alguien quiere desprenderse de ellas) y el pobre rendimiento final que ofrecen, un rendimiento que se ve muy mermado tras los gastos (de custodia, cobro de cupones…) y una pésima fiscalidad (sobre todo, para aquellos inversores con rentas más altas que a la hora de tributar por los cupones cobrados pueden llegar a pagar un tipo impositivo hasta del 45%).
Asimismo, este tipo de emisiones suele "esconder" entre su información auténticas cláusulas leoninas, como p.ej. la posibilidad del emisor de no pagar los intereses en determinadas condiciones o, tal y como recogen las citadas participaciones de Bankinter, la posibilidad por parte del emisor de cancelarlas anticipadamente a partir de una determinada fecha (el quinto año, a pesar de haber sido emitidas sin vencimiento), devolviendo sólo el dinero invertido.
Una cláusula a todas luces injusta
La posibilidad de amortización anticipada será ejercida por el emisor sólo cuando éste salga beneficiado, lo cual suele ocurrir cuando los tipos de interés bajan. En efecto, la entidad emisora cancela unas participaciones por las que paga un cierto tipo de interés y puede colocar otras en el mercado a un tipo de interés más bajo. Éste ha sido precisamente el caso de Bankinter, que ha emitido este mes de julio una nueva emisión de preferentes: al estar referenciadas al Euribor a tres meses (actualmente en el 2,1%) más 0,3%, difícilmente superarán un interés del 4%; es decir, un 1,76% anual menos de lo que estaba pagando Bankinter por las participaciones que piensa ahora amortizar.
El inversor, por su parte, en caso de amortización anticipada, recibe sólo la inversión inicial y si quiere reinvertirla ha de hacerlo a un tipo inferior al que estaba cobrando. Obviamente, si los tipos de interés hubiesen subido, no creemos que Bankinter habría amortizado dichas preferentes para que sus clientes pudiesen reinvertir su dinero a un tipo de interés superior. De ahí que este tipo de cláusulas nos parecen desequilibradas al reservar sólo al emisor la posibilidad de cancelar la emisión (lo que suele hacer si los tipos bajan) y vetar al inversor dicha posibilidad (lo que le interesaría hacer si los tipos subieran).
¿Qué puede hacer usted?
Este tipo de cláusulas son habituales, aunque podrían ser susceptibles de ser declaradas abusivas por un tribunal – para ello tendría que emprender usted el largo y no siempre fácil camino judicial -. Por desgracia, aquellos que tengan las participaciones preferentes de Bankinter ya pueden irse despidiendo de su 5,76% anual. Tan sólo en el caso de que en el momento de contratarlas no hubieran sido informados por el banco de la posibilidad de cancelación anticipada y cuenten en su poder con algún tipo de publicidad en la que se hable de ellas como participaciones perpetuas pero sin mencionar la posibilidad de cancelación anticipada, tendrían alguna posibilidad de éxito ante un tribunal alegando publicidad engañosa.
Por todo ello, lo mejor en estos casos es alejarse lo más posible de estas participaciones. Y un consejo: antes de contratar cualquier producto que le ofrezcan en su entidad, solicite el contrato y el "folleto explicativo" (allí aparecerán todas las cláusulas). Desgraciadamente los folletos son bastante farragosos de leer y a veces poco comprensibles para un lego en la materia, incluso en su versión reducida (tríptico). Pero no se preocupe, nuestros analistas, antes de emitir un consejo de inversión sobre un producto financiero cualquiera, analizan toda esta información detalladamente, por si contuvieran cláusulas perjudiciales para el inversor.
EVOLUCIÓN DE LOS TIPOS DE INTERÉS A LARGO PLAZO EN ESPAÑA (en %)
Los tipos a largo actuales están muy por debajo de los de hace unos años, lo que aprovechan muchas entidades para cancelar anticipadamente emisiones antiguas que han de pagar intereses elevados y lanzar en su lugar otras nuevas con tipos más bajos.
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