La vivienda habitual es un bien productivo según el Tribunal Supremo
En una reciente sentencia el Tribunal Supremo ha establecido que la vivienda habitual debe considerarse un elemento patrimonial productivo a efectos del cálculo del límite de la tributación conjunta entre el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP).
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La vivienda habitual es un bien productivo según el Tribunal Supremo
En una reciente sentencia el Tribunal Supremo ha establecido que la vivienda habitual debe considerarse un elemento patrimonial productivo a efectos del cálculo del límite de la tributación conjunta entre el IRPF y el Impuesto sobre el Patrimonio (IP). Esta sentencia corrige la práctica de la Agencia Tributaria que hasta abril de 2022 consideraba que la vivienda habitual no generaba ingresos, por lo que la trataba como un bien improductivo. Esto significaba que no se tenía en cuenta para calcular el límite mencionado. Este cambio beneficia especialmente a contribuyentes con viviendas habituales cuyo valor supera el importe exento del IP, que es de hasta 300.000 euros. P.ej. una persona con un patrimonio total de 2.300.000 euros, una vivienda habitual valorada en 500.000 euros y unos ingresos anuales de 30.000 euros, antes podría haber pagado unos 11.000 euros en IP al considerarse su vivienda improductiva frente a los 9.900 que pagaría según esta sentencia.