Análisis

Última llamada con la fiscalidad de algunas de sus inversiones

Si el año pasado vendió fondos, acciones, ETF o criptomonedas, deberá declararlas en su IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales.

Antes de acabar el año puede actuar en favor de su fiscalidad del ejercicio siguiente.

Publicado el  19 diciembre 2024
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Si el año pasado vendió fondos, acciones, ETF o criptomonedas, deberá declararlas en su IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales.

Antes de acabar el año puede actuar en favor de su fiscalidad del ejercicio siguiente.

Restan pocos días para que termine 2024 y con él la oportunidad de actuar en favor de sus inversiones. No la deje pasar.

Ventaja fiscal del 40% en planes de pensiones

Si usted se jubiló en 2022 y contaba con un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007, con el fin de 2024 finaliza la posibilidad de cobrarlo en forma capital aplicándose la reducción del 40% a los ingresos provenientes de esas participaciones más antiguas. Algo que no es baladí, pues supone bien tributar por el 100% de esos ingresos como rendimientos del trabajo o sólo por el 60%. Y es que el fisco permite aplicar esa reducción pero sólo en el ejercicio que ocurra la contingencia que origine el cobro – jubilación o fallecimiento del partícipe – o en alguno de los dos siguientes… pero no más tarde.
 
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