Análisis Tiempo de lectura: 2 min.
Si el año pasado vendió fondos, acciones, ETF o criptomonedas, deberá declararlas en su IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales.

Antes de acabar el año puede actuar en favor de su fiscalidad del ejercicio siguiente.

Publicado el  19 diciembre 2024

Última llamada con la fiscalidad de algunas de sus inversiones

Restan pocos días para que termine 2024 y con él la oportunidad de actuar en favor de sus inversiones. No la deje pasar.

Ventaja fiscal del 40% en planes de pensiones

Si usted se jubiló en 2022 y contaba con un plan de pensiones con aportaciones anteriores a 2007, con el fin de 2024 finaliza la posibilidad de cobrarlo en forma capital aplicándose la reducción del 40% a los ingresos provenientes de esas participaciones más antiguas. Algo que no es baladí, pues supone bien tributar por el 100% de esos ingresos como rendimientos del trabajo o sólo por el 60%. Y es que el fisco permite aplicar esa reducción pero sólo en el ejercicio que ocurra la contingencia que origine el cobro – jubilación o fallecimiento del partícipe – o en alguno de los dos siguientes… pero no más tarde.
 
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