Trucos fiscales con inmuebles
Completamos nuestros "trucos fiscales de fin de año" con algunos relacionados con los inmuebles que le permitirán ahorrarse un buen puñado de impuestos en su IRPF del año que viene. Desde consejos relacionados con la venta de su vivienda, pasando por la amortización de la hipoteca, hasta el adelanto de gastos o la reclamación de impagos si es usted arrendador.
A la hora de vender su vivienda
Espere a los 65 años para vender su vivienda habitual con ganancias. De esta forma estará exenta de tributación en el IRPF. En caso de que la vivienda esté a nombre de varios titulares, tenga la precaución de que todos lo cumplan; de lo contrario solo estaría exenta la ganancia correspondiente al copropietario que tenga esta edad. Para que se considere vivienda habitual debe haber vivido durante tres años en dicha vivienda, y la exención puede aplicarse siempre que no hayan pasado más de dos años desde que dejó de residir en ella.
También puede esquivar tributar por la ganancia de la venta de su vivienda habitual en el IRPF si reinvierte todo el valor de venta en la compra de una nueva vivienda habitual en el plazo de dos años.
Amortice hipoteca
Si compró su vivienda habitual financiada antes del 01/01/2013 podrá aplicar una deducción del 15% sobre lo que haya pagado en 2024 por ese préstamo, hasta un máximo de 9.040 euros anuales por declaración. Por tanto, si la suma de las cuotas anuales no llega a esa cantidad, y dispone de ahorros suficientes, es recomendable hacer amortizaciones anticipadas hasta alcanzarla. En caso de matrimonio cuyos cónyuges presentan declaraciones individuales, entre los dos podrán amortizar hasta 18.080 euros. Tenga cuidado con las comisiones por cancelación anticipada que, en todo caso, también son deducibles dentro del citado límite de 9.040 euros.
Propietario con obras en 2024
Si se cumplen ciertos requisitos se puede deducir en su próximo IRPF lo pagado por algunas obras terminadas en 2024, que en algún caso pueden llegar al 60% del gasto sobre una base anual máxima de 5.000 euros, según las condiciones. Debe contar con un certificado de eficiencia energética anterior y posterior a las obras y no pueden deducirse las cantidades pagadas en efectivo. También podrá deducir el 15% de lo pagado en 2024 para instalar un sistema de recarga de baterías para vehículos eléctricos, si no está afectó a una actividad económica.
Si es arrendador, adelante gastos
Como arrendador, hay una serie de gastos que le puede convenir sacar a la luz en la mayor cantidad posible ya que podrá deducirlos en su IRPF. Son los gastos pagados vinculados a la vivienda que alquila como el IBI, agencia, seguro de la casa o de impago de rentas, comunidad, amortización, etc. Estos gastos se pueden restar sin límite y llegar a dar lugar a un rendimiento inmobiliario negativo que puede compensar con otros ingresos a incluir en su base general, es decir le puede ayudar a pagar menos impuestos por sus ingresos provenientes de su trabajo o de actividades profesionales. Si después de la compensación con otros rendimientos de la base general quedara un saldo negativo, este se puede arrastrar para compensar con rendimientos positivos de la base general en los cuatro ejercicios siguientes.
· Hay otros gastos que pudiéndose descontar de los ingresos, no pueden dar lugar a un rendimiento negativo. Son los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra del inmueble. Aquí lo que sobre tras reducir el rendimiento a cero se deduce en los cuatro ejercicios siguientes con el mismo límite. Así si un año prevé realizar un gasto de reparación importante (p.e., reformar el piso) que vaya a superar con mucho los ingresos, puede organizar con el contratista los plazos de obra para que divida la factura en dos años y así tener uno más para compensar.
Y reclame impagos
Como arrendador, para poder deducirse en el IRPF las rentas debidas y no cobradas como “saldos de dudoso cobro” debe haberlas reclamado al inquilino con al menos seis meses de antelación al fin del ejercicio.
Con rentas de alquiler
Si ve que a final de año sus rentas de alquiler serán positivas, le puede interesar adelantar a diciembre -dentro de los limites explicados- ciertos gastos deducibles como reparaciones. Puede utilizar el Simulador de Renta Web para comprobar el importe de gastos que dejarían su rendimiento a “0” o negativo, así como el efecto en la factura fiscal final.
Puede ampliar estos consejos en nuestra revista especializada OCU Fincas y casas