Rendimientos de capital mobiliario
Si en 2023 usted obtuvo intereses de cuentas, depósitos, deuda pública y privada, dividendos o rendimientos de seguros, debe saber que Hacienda ya tiene conocimiento de ellos, por lo que aparecerán ya cumplimentados, así como las retenciones practicadas y los gastos deducibles. Puede comprobarlo en el apartado de “
Rendimientos del capital mobiliario” de la
página 5 de la declaración. Ahora bien,
algunos rendimientos no se incorporan automáticamente y es usted quien debe hacerlo.
Rentas que no sufren retención
Si en 2023 usted obtuvo rentas porque p.ej. cobró unas letras del Tesoro, recibió intereses de la cuenta Livret A o de Bank Norwegian… no se olvide de declararlas. El hecho de que el Fisco no realice retención a cuenta no implica que usted no esté obligado a declararlas. Es más, aunque el resto de sus ingresos no le obligue a presentar declaración puede que se viera obligado ello en caso de obtener algunas de estas rentas sobrepasando ciertos límites p.ej. de letras del Tesoro o ganancias.
Venta de obligaciones, bonos…
Todos los rendimientos generados por bonos y obligaciones son considerados por el Fisco como un rendimiento de capital mobiliario, tanto los cupones cobrados, sus intereses, como cualquier otro. Por ello, si el año pasado los vendió o llegaron a su vencimiento deberá incluir la ganancia o pérdida obtenida como la diferencia entre el precio total que pagó en la compra (p.ej. en una subasta del Tesoro, incluyendo el cupón corrido) y el ingreso total obtenido en la venta o amortización descontados los gastos. Son deducibles los gastos de administración y depósito derivados de su tenencia.
• Para declarar el rendimiento obtenido rellene la
casilla 0031, indicando el rendimiento íntegro obtenido, las retenciones practicadas (si las ha habido) y los gastos deducibles.
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RentaWeb (consulte nuestro análisis
Cómo presentar la declaración de IRPF con RentaWeb) no siempre cumplimenta los rendimientos de capital mobiliario cuando estos
son negativos. Es el caso de la amortización a vencimiento de obligaciones cuando el precio de compra fue superior al de abono final.
Dividendos de acciones extranjeras
Lo habitual es que la Hacienda del país de origen le haga tributar por los dividendos recibidos, mediante una retención en origen que habitualmente es del 15%. Una vez llegados a España, ya netos de los impuestos pagados en el extranjero, su bróker local le retenga el 19% de la cantidad resultante.
• Para evitar tributar dos veces por el mismo ingreso, nuestra normativa prevé la aplicación de una deducción por doble imposición internacional para que usted termine pagando por esos dividendos lo mismo que si los hubiese cobrado de una acción española. Pues bien, RentaWeb no aplica dicha deducción de manera automática, por lo que deberá ir a la página 21/22(I) de la declaración para rellenar la casilla 0588 de “Deducción por doble imposición internacional”. Al pinchar sobre ella se abrirá una ventana. En el caso de dividendos de acciones extranjeras deberá ir al apartado “Rentas incluidas en la base del ahorro”. En la nueva ventana que se abrirá debe indicar:
– En “Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro” el importe bruto (en euros) del dividendo recibido.
– En “Impuesto satisfecho en el extranjero” la retención practicada en el ex-tranjero, con un máximo del 15% del dividendo.
• Si a usted le retuvieron más del 15% en el extranjero, no tiene por qué darlo por perdido. En estos casos no es la declaración de IRPF el mecanismo para recuperar el exceso. Algo que, en caso de que merezca la pena, deberá tramitar de forma independiente.
Si el año pasado usted vendió fondos, acciones, ETF... o criptomonedas, deberá declararlos ahora como ganancias o pérdidas de patrimonio. Sepa cómo aquí.
Si desea más información, consulte la Guía Fiscal 2024 (ejercicio 2023) y la Guía Fiscal Foral 2024 (ejercicio 2023) si reside en Navarra o en el País Vasco