Retención del fisco en origen y del español
Los dividendos de acciones extranjeras suelen estar sujetos a una doble retención: una en el país de origen y otra al resultado neto de esta en el nuestro (19%). Así, si, por ejemplo, ha cobrado 2.000 euros de dividendos de unas acciones italianas, le habrán retenido allí un 26% (520 euros). De los 1.480 resultantes en España le retendrán el 19% (281,20 euros), por lo que, habrán llegado a su cuenta 1.198,80 euros.
• Si usted custodia sus acciones en un bróker español este comunicará al fisco los dividendos que hayan pasado por sus manos, por lo que a la hora de hacer su declaración de IRPF bastará con que importe sus datos a Renta WEB. Si usted usa un bróker foráneo con sus acciones depositadas en el extranjero, tal como ocurre con las nominativas puras francesas o Degiro, deberá ser usted quien incorpore estos dividendos a su declaración, ya que el fisco no tiene conocimiento de estos. Por tanto, al no estar domiciliados en España no le practicarán la retención española, solo la del país de origen. Vaya al epígrafe “Rendimientos del capital mobiliario a integrar en la base imponible del ahorro” en la página 5, casilla 0029. Allí debe figurar el ingreso íntegro (dividendos brutos), las retenciones practicadas en España y los gastos.
• Claro que, para no pagar dos veces impuestos por lo mismo, a usted le conviene aplicarse la deducción por doble imposición internacional. Algo que le advertimos no hace el programa Renta WEB por usted y que según sea la información proporcionada por su bróker puede requerir algún cálculo. Se lo explicamos.
Aplíquese la deducción
Para ello cumplimente la casilla 0588 de la página 21/22 (1). Pinche en el lapicero que permite su edición, se abrirá una ventana con tres columnas. Para los dividendos extranjeros vaya a la del centro “Rentas incluidas en la base del ahorro”. Una vez edite la primera casilla le pedirá los “Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro”. Ponga aquí los dividendos brutos en origen (2.000 en nuestro ejemplo). Luego le pedirá el “Impuesto satisfecho en el extranjero”: salvo que la retención en origen hubiese sido mayor del 15%, caso en el cual juega este límite fijado por los Convenios para evitar la doble imposición suscritos entre España y la mayoría de países, ponga aquí lo retenido en el extranjero. En nuestro ejemplo sólo podría poner 300 euros (15% de 2.000). Una vez le dé a aceptar la deducción quedará incluida en su declaración y se restarán esos 300 euros de su cuota.
• Puede ocurrir que a usted no le aparezca como deducción total esos 300 euros, lo que no debiera ser motivo de inquietud. Y es que existe un segundo límite a esta deducción, que es el resultado de aplicar el tipo medio efectivo de gravamen a la parte de base liquidable gravada en el extranjero, lo cual calcula Renta WEB por usted.
• Ahora bien, puede ocurrir que la información facilitada por su bróker sea incompleta y, por ejemplo, solo le informe de la retención en España, por lo que desconocerá el dividendo bruto y la retención practicada en el extranjero. En nuestro ejemplo le informa que ha cobrado 1.480 euros de sus acciones italianas y se le ha retenido 281,20 euros. Aquí será usted quien tenga que calcular el dividendo bruto en función del país de la acción. Conociendo el porcentaje de retención aplicado en origen (vea segunda columna de la tabla), será tan sencillo como dividir el montante neto entre el complemento a uno de la retención, es decir, entre lo que aparece en la tercera columna. En nuestro ejemplo habría que dividir 1.480 euros entre 0,74 con lo que obtendría los 2.000 euros y como diferencia (2.000-1.480) los 520 retenidos en Italia.
Retención de dividendos |
País
|
Retención en origen |
Divida entre |
Suiza |
35% |
0,65 |
Bélgica, Suecia, Francia (1) |
30% |
0,7 |
Austria |
27,50% |
0,725 |
Dinamarca |
27% |
0,73 |
Alemania |
26,38% |
0,7365 |
Italia |
26% |
0,74 |
Portugal |
25% |
0,75 |
Holanda, EE. UU. (2) |
15% |
0,85 |
Reino Unido (3) |
0% |
n.p. |
(1) En Francia el 12,75% es retención fiscal y el 18,75% contribución social. (2) En EE. UU. tras presentar su bróker el formulario W8-BEN. (3) No procede; al no retenerse nada en origen no se incluyen en la deducción. |