Cuando se compran las mismas obligaciones, participaciones de un fondo o acciones en varias operaciones, si usted luego sólo vende parte de ellas Hacienda se regirá por el
criterio FIFO (
first in, first out, por sus siglas en inglés) para indicarle cuales son las que han salido de su cartera. Un criterio de obligado cumplimiento, según el cual las primeras que se compran son las primeras que se venden. Algo que deberá tener en cuenta de cara a calcular la ganancia o pérdida en su IRPF. Para rizar el rizo si las recompró en los dos meses anteriores o posteriores a su transmisión – 1 año para los no cotizados o los cotizados fuera de la UE –, Hacienda considerará que se trata de
valores homogéneos (
vea nuestra revista semanal OIS nº 1.036). En este caso si vendió con pérdidas en 2022, el fisco no le dejará compensarlas hasta que no venda definitivamente los valores recomprados. ¿Qué pasa si se deja una parte?
La cantidad vendida importa, un ejemplo
Si compró 100 acciones de
Telefónica hace años a 9 euros, en marzo de 2022 compró otras 100 a 4 euros y con el calentón de abril el día 14/04/22 vendió 160 acciones a 5 euros, habrá obtenido por dicha venta 800 euros (160x5). Ahora bien, para calcular la ganancia o pérdida fiscal obtenida deberá seguir el criterio FIFO. Como las primeras que se venden son las más antiguas, habrá vendido las 100 que compró en primer lugar y le costaron 9 euros y al agotarse estas, 60 de las que compró después a 4 euros. El coste de adquisición de dicha venta fue de 1.140 euros (100x9+60x4= 1.140) y por tanto la pérdida que sale a la luz fiscal de 340 euros (800-1.140= -340).
• Si usted no hubiese comprado valores homogéneos entre el 14/2/22 y el 14/06/22, o aunque los hubiese comprado llegado el 1/01/23 ya no contase con ellos por una venta posterior, usted podría compensar estas pérdidas con otras que tenga, con el 25% de los rendimientos de capital de ese año o dejarlas pendientes de compensación para los 4 ejercicios siguientes, algo de lo que se ocupa el programa renta web, siempre que usted no marque la casilla de valores homogéneos.
• Ahora bien, como el resultado final ha sido una pérdida, si usted no volvió a hacer más ventas de Telefónica en 2022 en la que diese salida a esas 40 acciones a cierre del ejercicio fiscal 2022 le quedaban 40 acciones homogéneas ¿cómo debiera declarar la pérdida fiscalmente? Desgraciadamente el programa Renta web no es amigable para incluir una operación de este tipo en la que se produce una venta parcial de valores homogéneos, y dado que es obligatorio seguir aplicando FIFO deberá declarar 3 ventas. Una primera de 40 acciones, que deberá marcar como valores homogéneos, cuyo valor de venta es de 200 euros (40x5=200) y el de compra de 360 euros (9x40) que generará, por tanto, una pérdida de 160 euros que quedará pendiente de compensar; una segunda venta por las 60 acciones que proceden de las adquiridas a 9 euros y que genera una pérdida de 240 euros (5-9)x60, que sí podrá compensar normalmente; y una tercera venta por los 60 títulos restantes que proceden de la última compra, con las que declarará una ganancia de 60 euros (5-4)x60.