¿Debe incluir a un hijo con inversiones en la declaración de la renta 2025?
Si tienes hijos que realizan inversiones a su nombre, es importante saber si puedes incluirlos en tu declaración de IRPF o si deben presentar la suya propia. Aunque podrías beneficiarte de aplicar el mínimo familiar por descendientes, no siempre es la opción más rentable. Si tu hijo tiene más de 18 años pero menos de 25, y está generando rentas, tal vez le convenga presentar su declaración individual. Sin embargo, si las rentas superan los 1.800 euros, la diferencia en la devolución podría no ser tan significativa como el mínimo familiar que perderías si lo incluyes en tu declaración. Para tomar la mejor decisión, te recomendamos hacer los cálculos con RentaWeb, tanto incluyendo como no incluyendo a tu hijo.
¿No sabes por dónde empezar?
Esta es una de las dudas fiscales más frecuentes entre familias con hijos que ya tienen acciones, fondos o cuentas remuneradas a su nombre. Un error al decidir si conviene que el hijo presente su propia declaración o si aún permite aplicar el mínimo por descendientes puede traducirse en una pérdida de ahorro fiscal. En OCU Inversiones le ayudamos a entender las claves que marcan la diferencia en el IRPF cuando hay hijos con rentas del ahorro, inversiones o rendimientos a su nombre. Suscríbase y acceda al análisis de nuestros expertos para tomar decisiones mejor informadas sobre fiscalidad, ahorro e inversión, evitando errores que pueden costarle dinero.
Mínimo por descendientes: cuándo puede aplicarlo
Cuando se habla de “incluir a los hijos” en la declaración, en realidad suele aludirse a la posibilidad de aplicar el mínimo por descendientes, que reduce la carga fiscal del contribuyente.
Con carácter general, usted podrá aplicarlo si su hijo:
- convivía con usted,
- tenía menos de 25 años a 31 de diciembre de 2025, o bien tiene reconocida una discapacidad,
- no obtuvo rentas anuales superiores a 8.000 euros,
- y, si presenta declaración individual, no declara más de 1.800 euros de rentas.
Por tanto, el hecho de que el hijo tenga inversiones a su nombre no impide por sí solo aplicar el mínimo. Lo decisivo es el importe de sus rentas y, en su caso, si presenta declaración y por qué cuantía.
¿Declaración individual o conjunta?
También conviene distinguir entre el mínimo por descendientes y la tributación conjunta, porque no son lo mismo.
La declaración conjunta está reservada, en general, a estas unidades familiares:
- los cónyuges no separados legalmente, junto con sus hijos menores de edad o mayores incapacitados en los supuestos legalmente previstos;
- si no existe matrimonio o hay separación legal, el padre o la madre con los hijos menores que convivan con él o con ella.
Por eso, los hijos mayores de edad que conviven con usted, aunque sean menores de 25 años, no se integran normalmente en una declaración conjunta, aunque sí pueden permitir aplicar el mínimo por descendientes si cumplen los requisitos.
Ojo si el hijo presenta declaración solo para cobrar una devolución
En muchos casos, a un hijo mayor de edad con rentas reducidas le puede salir a devolver su declaración. Pero eso no significa automáticamente que le convenga presentarla.
Si el hijo presenta declaración individual e incluye más de 1.800 euros de rentas, usted puede perder el derecho al mínimo por descendientes. Y la devolución que obtenga el hijo podría ser inferior al ahorro fiscal que usted dejaría de aplicar.
Lo más prudente es hacer números en Renta Web con ambas opciones: con el hijo computado a efectos del mínimo y sin él. Después, compare el ahorro que obtiene usted con la devolución que recibiría su hijo. Esa comparación es la que permite saber qué alternativa resulta más favorable en conjunto. Esta es una recomendación práctica; la conveniencia final depende del caso concreto.
La clave no es que tenga inversiones, sino cuánto declara
En resumen, que su hijo tenga acciones, fondos o una cuenta remunerada a su nombre no obliga necesariamente a que quede fuera de su ámbito familiar en el IRPF. La clave está en las rentas que genere, en si supera o no los límites legales y en si presenta declaración individual.
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