¿Pagó de menos? ¿Le devolvieron de más?
“Tenía 1.000 acciones de IAG que compré en 2019 a 3,50 euros cada una. En octubre de 2021 las vendí a 2,20 euros. Aprovechando la caída de los títulos, en noviembre volví a comprar acciones de la compañía a 1,50 euros. He presentado mi declaración incluyendo la pérdida obtenida por la venta y ya me han ingresado 499,88 euros por la devolución. Posteriormente me he dado cuenta de que, cuando compré las últimas acciones, no habían transcurrido dos meses desde la anterior venta, por lo que no debería haber computado la pérdida obtenida ¿Espero a que Hacienda se dé cuenta del error o corrijo antes la declaración?".
Si usted pagó de menos o le devolvieron de más, no espere a que Hacienda le remita una paralela. Y es que las paralelas por dejar de ingresar o por obtener una devolución superior a la debida pueden llevar una sanción que, en el mejor de los casos, será del 21% de la cantidad no ingresada o devuelta indebidamente. Además, tendrá que pagar también intereses de demora.
• Mejor es presentar una declaración complementaria antes del requerimiento de Hacienda. Así evitará la sanción y sólo tendrá que pagar un recargo, que será del 1% sobre el importe resultante a ingresar, más un 1% adicional por cada mes de retraso desde el fin del plazo establecido para la presentación de la declaración (el día 30 de junio), y no le exigirá ni sanción ni los intereses de demora devengados hasta la presentación de la complementaria.
• Si presenta la declaración complementaria pasados los 12 meses, el recargo es del 15%, no le exigirán sanción, pero sí tendrá que pagar intereses de demora por el periodo transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la presentación de la complementaria.
Presentar una complementaria
Para presentar una complementaria deberá entrar en RentaWeb y completar el apartado “Declaración complementaria”. Si el resultado de su declaración fue a devolver y aún no ha recibido la devolución, deberá marcar la casilla 107.
• Dado que a usted ya le han devuelto, debe marcar la casilla “Declaración complementaria por razones distintas a la de la casilla anterior”. Al hacerlo se abrirá un desplegable con distintas causas por las que presenta la complementaria. En su caso deberá elegir la opción “i”. Después, en las dos últimas casillas deberá indicar el resultado a ingresar de la autoliquidación que presentó incorrectamente o bien la devolución que haya recibido, si la autoliquidación fue “a devolver”. En su caso deberá indicar los 499,88 euros de importe devuelto.
• La cantidad indicada se trasladará automáticamente al apartado “O. Regularización” de la página 23 (I) de la declaración:
- en la casilla 676 el importe que ingresó en la declaración originaria, si ésta fue positiva,
- en la casilla 677 el importe de la devolución percibida, si resultó a devolver. En su caso deben aparecer los 499,88 euros que le han devuelto.
• Luego debe ir al apartado de la declaración que desea modificar. En su caso deberá ir a la página 14 (II), donde estará reflejada la venta de las acciones de IAG y marcar la casilla “No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos”.
• El resultado de la declaración complementaria aparecerá indicado en la casilla 680 de la página 23 (I) y en el documento de ingreso de la declaración.
•Compruebe el resultado seleccionando “Resumen de declaraciones”. Si todo está correcto pulse “presentar declaración” y después seleccione el sistema de pago y pulse “Firmar y enviar”.
• Tenga en cuenta que para para presentar una complementaria de los ejercicios 2017 a 2020 tendrá que utilizar RentaWeb. El procedimiento es similar al que hemos explicado anteriormente. Deberá entrar en RentaWeb y en este caso deberá completar el apartado “Declaración complementaria”.