Análisis Tiempo de lectura: 8 min.
Publicado el  24 enero 2022

Si tiene bienes en el extranjero... ¡no se olvide del modelo 720!

Si usted tiene bienes en el extranjero que superan ciertos límites, más vale que informe de ellos al Fisco antes del 31 de marzo. De lo contrario, podría ser duramente sancionado.

Quien debe presentar el modelo 720

En el caso de que usted sea residente en España y a fecha del 31 de diciembre de 2021 poseía inversiones en el extranjero – o tenía disponibilidad sobre ellas – a través de un intermediario no domiciliado en nuestro país, tiene la obligación de comunicar su tenencia al Fisco español a lo largo del primer trimestre de este 2022, en concreto entre el 1 de enero y el 31 de marzo a través del modelo 720. Eso sí, siempre que se superen ciertas cuantías.
• Si no lo hace, o incluso si lo hace fuera de plazo, se expone a ser sancionado de forma absolutamente desproporcionada. De hecho, en algunas ocasiones tales sanciones pueden llegar a superar el valor de los bienes que se tuvieron que declarar.

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