IRPF ¿Ha pagado de menos? Cómo evitar una "paralela"

Hacienda ha implantado un nuevo sis-tema de autoliquidación rectificativa como vía única para corregir errores u omisiones en la declaración del IRPF ya presentada,
Errores en la declaración del IRPF
Es posible que una vez presentada su declaración de IRPF del ejercicio 2019 usted haya olvidado incluir alguna renta, gasto deducible o deducción a la que tiene derecho, o alguno de esos datos de los que Hacienda no tiene conocimiento, sobre todo si se trata de datos que no aparecen en los datos fiscales que el Fisco pone a disposición de los contribuyentes (ventas de acciones, gastos de inmuebles alquilados…). Si es su caso, debe saber que es posible rectificar estos errores. La manera de hacerlo varía dependiendo de que le hayan perjudicado a usted como contribuyente, vea en este análisis cómo solucionar el error de la mejor forma para usted, o que hayan causado un perjuicio a Hacienda. Veamos qué hacer en este último caso.
Cómo evitar una "paralela"
“Tenía 500 acciones de Telefónica que compré en 2017 a 10,23 euros cada una. El 05 de julio de 2019 las vendí a 7,26 euros y abrí una cuenta de valores con la Línea OCU Bolsa. Aprovechando la caí-da de los títulos, el día 26 de agosto volví a comprar acciones de Telefónica a 5,74 euros. He presentado mi declaración incluyendo la pérdida obtenida por la venta y ya me han ingresado 499,88 euros por la devolución. Posteriormente me he dado cuenta de que, cuando compré las últimas acciones, no habían transcurrido dos meses desde la anterior venta, por lo que no debería haber computado la pérdida obtenida ¿Espero a que Hacienda se dé cuenta del error o corrijo antes la declaración?
Si usted pagó de menos o le devolvieron de más, no espere a que Hacienda le remita una paralela. Las paralelas por dejar de ingresar o por obtener una devolución superior a la debida pueden llevar una sanción. Esta sanción, en el mejor de los casos será del 26,25% de la cantidad no ingresada o devuelta indebidamente, si no se recurre ni contra la paralela ni contra la sanción y se paga la misma en periodo voluntario. Además, tendrá que pagar también los intereses de demora correspondientes.
• En estos casos lo mejor es presentar una declaración complementaria antes del requerimiento de Hacienda. Así evitará la sanción y sólo tendrá que pagar un recargo. Si lo hace dentro de los 3, 6 o 12 meses siguientes al fin del plazo establecido para la presentación de la declaración (el día 30 de junio), Hacienda le exigirá un recargo del 5%, 10% o 15% respectivamente sobre el importe resultante a ingresar y no le exigirá ni sanción ni los intereses de demora devengados hasta la presentación de la complementaria.
• Si presenta la declaración complementaria pasados los 12 meses, el recargo es del 20%, no le exigirán sanción, pero sí tendrá que pagar intereses de demora por el período transcurrido desde el día siguiente al término de los 12 meses hasta la presentación de la complementaria.
¿Cómo presento la complementaria?
Para presentar una complementaria deberá entrar en Renta WEB y completar el apartado “Declaración complementaria”. Si el resultado de su declaración fue a devolver y aún no ha recibido la devolución, deberá marcar la casilla 107.
•. Dado que a usted ya le han devuelto, debe marcar la casilla “Declaración complementaria por razones distintas a la de la casilla anterior”. Al hacerlo se abrirá un desplegable con distintas causas por las que presenta la complementaria. En su caso deberá elegir la opción “i”. Después, en las dos últimas casillas deberá indicar el resultado a ingresar de la autoliquidación que presentó inc-rrectamente o bien la devolución que haya recibido si la autoliquidación fue “a devolver”. En su caso deberá indicar los 499,88 euros de importe devuelto.
• La cantidad indicada se trasladará automáticamente al apartado “O. Regularización” de la página 23 (III) de la declaración:
- en la casilla 676 el importe que se ingresó en la declaración originaria, si ésta fue positiva
- en la casilla 677 el importe de la devolución percibida si resultó a devolver. En su caso deben aparecer los 499,88 euros que le han devuelto.
• Luego, debe ir al apartado de la declaración que desea modificar. En su caso deberá ir a la página 15(I), donde estará reflejada la venta de las acciones de Telefónica y marcar la casilla “No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos”
• El resultado de la declaración complementaria aparecerá indicado en la casilla 680 de la página 23 (III) y en el documento de ingreso de la declaración.
• Compruebe el resultado seleccionando “Resumen de declaraciones”. Si todo está correcto pulse “presentar declaración” y después seleccione el sistema de pago y pulse “Firmar y enviar”.
Complementaria ejercicio 2016 y siguientes
Para presentar una complementaria de los ejercicios 2019, 2018, 2017 o 2016 tendrá que utilizar RentaWeb. El procedimiento es similar al que hemos explicado anteriormente. Deberá entrar en RentaWeb y en este caso deberá completar el apartado “Declaración complementaria”.
Recuerde que para cualquier duda relacionada con el IRPF del ejercicio 2019, tiene a su disposición nuestra Guía Fiscal