Análisis

Cláusulas nulas en contratos de alquiler

El TC declara inconstitucional el modo de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial.

Vea una sentencia judicial sobre cláusulas nulas en contratos de alquiler.

Publicado el  19 marzo 2025
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El TC declara inconstitucional el modo de cálculo de la pensión de jubilación de los trabajadores a tiempo parcial.

Vea una sentencia judicial sobre cláusulas nulas en contratos de alquiler.

Algunas cláusulas que penalizan los retrasos en el pago o en la devolución de la vivienda al término del alquiler pueden ser ilegales. Veamos una sentencia al respecto.

Temor del arrendador

Una lógica preocupación del arrendador de vivienda es la posibilidad de impago de la renta, algo que ocurre en un 14% de los contratos de alquiler según la encuesta de OCU sobre el alquiler. Y les preocupa aún más la imposibilidad de recuperar la casa en un tiempo razonable por la suspensión de los desahucios para inquilinos vulnerables vigente para todo 2025. El número de inquilinos vulnerables no deja de subir en la medida en que las rentas de alquiler (+11% anual en febrero) suben por encima de lo que lo hacen los ingresos de los hogares (6%). Es decir, cada día hay más hogares para los que el pago de la renta y los suministros supera el 35% de sus ingresos.

¡Ojo con determinadas cláusulas penales!

Pues bien, ante esta preocupación de los propietarios hay contratos de alquiler que incluyen cláusulas para penalizar los retrasos tanto en el pago como en la devolución de la vivienda al término del alquiler. Debe saber que algunas de estas cláusulas son ilegales y en consecuencia no serían de aplicación llegado el caso. Nuestros compañeros de Fincas y casas han comentado el caso de una sentencia reciente que declaró nula la pena impuesta al inquilino de tener que pagar el triple de la renta ordinaria como penalización por incumplimiento.

Consejos para reducir los impagos

Para reducir el riesgo de impago del alquiler, nuestros colegas recomiendan hacer una buena selección del inquilino con base en su solvencia, utilizar un buen contrato de alquiler y contratar una buena póliza de seguro de impagos de renta. Al contratar el seguro la propia compañía hace el control de solvencia. Los socios de OCU pueden contratar una buena póliza de este tipo en condiciones ventajosas, para protegerse de esos casos y de la posibilidad de que el inquilino permanezca en la casa sin pagar. Más información en la web de OCU fincas y casas.

· Si lo que desea es encargar toda la gestión del alquiler a una agencia especializada, incluido el cobro mensual y la garantía de pago, sepa que los socios de OCU también pueden beneficiarse de condiciones especiales.

 

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