En la recta final de su vida laboral
Muchos partícipes de planes de pensiones se enfrentan a la recta final de su vida laboral con más dudas que certezas. ¿Debería cambiar mi plan de pensiones a otro? ¿Puedo fiarme cuando me indican que el rendimiento está garantizado? ¿Ha llegado la hora de rescatar el plan? Resolvemos algunas dudas comunes y le damos pistas útiles en cada caso.
Traspasar mi PP a un PPA ¿ahora?
Tengo 60 años y estoy en activo. Traspasé mi plan de pensiones de acciones a uno de obligaciones pensando en reducir riesgos, pero estoy cansado de sustos. ¿Puedo traspasar mi plan de pensiones a un plan de previsión asegurado?
· Los Planes de Previsión Asegurados (PPA) son seguros de vida con muchas similitudes con los planes de pensiones (PP) en lo que respecta a su fiscalidad y liquidez. Es decir, siempre que tenga rendimientos del trabajo permiten desgravar en el IRPF las cantidades que aporte a ellos hasta un límite de 1.500 euros o el 30% de sus rendimientos del trabajo, si es menor; teniendo en cuenta que dicho tope no es complementario al de los PP, sino que debe computar conjuntamente todo lo que aporte a PPA y PP. Si usted es residente en un territorio foral puede contar con límites más amplios (consulte nuestra Guía Fiscal Foral en la sección Fiscalidad de nuestra web).
· En cuanto a su liquidez, salvo que transcurran 10 años, o en supuestos excepcionales, no podrán rescatarse en general hasta la jubilación o fallecimiento. En este último caso suelen acompañar una pequeña indemnización complementaria al capital acumulado.
· Mientras que un PP evoluciona en función de sus gastos y del acierto del gestor -invierte el patrimonio que le confían sus partícipes en renta fija o acciones –, los PPA, en cambio, garantizan un rendimiento mínimo hasta el vencimiento.
· Permiten los traspasos sin limitación alguna, en ambos sentidos, con otros PPA y PP. Es decir, si usted tiene dinero en un plan de pensiones y por el motivo que sea quiere que ese dinero no sufra altibajos, puede traspasarlo a uno de estos PPA. Y viceversa, si lo que busca es algo más de rendimiento, aunque sea a costa de asumir algo más de riesgo, puede traspasar su PPA a un PP.
Mi plan va mal y me jubilo en un año
Tengo 64 años y si todo va bien me jubilaré al año que viene. Así que he pensado en traspasar mi plan de acciones a un PPA ¿Es acertado? ¿Qué debería tener en cuenta?
· En su caso, con la mirada puesta en la jubilación y pensando en cómo va a rescatar el dinero acumulado en su plan para completar su pensión, no es mala idea reducir el riesgo traspasando poco a poco su plan de acciones hacia otras alternativas con menos riesgo como planes de renta fija, monetarios, PPA o planes garantizados de rendimiento fijo (eso sí, actualmente no encontramos ninguno en periodo de comercialización). No olvide que, con la vista puesta en el largo plazo, el dinero que no vaya a rescatar en los próximos años, seguirá trabajando para usted pudiendo mantenerlo en un plan de acciones.
· En concreto, podría traspasar hacia un buen PPA solo el dinero que vaya a rescatar en los próximos 2-3 años. Eso sí, deberá prestar atención a las posibles comisiones para evitar sustos. En efecto, además de la comisión de gestión que suele rondar el 1% anual, hay que descontar los gastos de la cobertura de fallecimiento (según la edad del tomador) e incluso la comisión en las aportaciones como ocurre con el PPA de Zurich, cuya rentabilidad pasa del 2,2% al 0% tras gastos.
Tengo un plan mixto conservador
Tengo 62 años y llevo invirtiendo en el mismo PP -mixto conservador- desde hace años porque no quiero correr riesgos. No he vivido grandes sustos con él, pero tampoco me ha dado grandes alegrías. La cuestión es, si con mi edad, debería mantenerlo o hay otra alternativa mejor.
· Antes de tomar una decisión precipitada, haga balance. Cierto es que un plan de pensiones no garantiza nada, pero si está bien gestionado y sus costes son comedidos puede esperar de él en el largo plazo, hablamos de al menos 5 años antes de cobrarlo, un rendimiento atractivo. P.ej. en el caso del Plan de Pensiones Asociado de OCU (Caser, tfno. 910 551 678) ha obtenido un +7,9% en los últimos 12 meses y esperamos que ronde el 5% anual de media en el futuro. Eso sí, de ninguna manera podemos descartar que de por medio haya altibajos e incluso que al plazo de uno o dos años no pueda tener un rendimiento negativo. Por ello, aquel dinero de sus planes de pensiones que piense cobrar a medio plazo puede venirle a cuenta traspasarlo a un producto “seguro”.
· Opte por un buen plan monetario en euros como el Mediolanum Activos Monetarios, disponible en Banco Mediolanum, aunque tras la última rebaja de tipos el rendimiento rondará el 1% en los próximos 12 meses. También puede optar por un PPA como el PPA Mutualidad que garantiza un rendimiento del 3% anual tras gastos para el trimestre en curso.
Rescato… ¿de golpe o poco a poco?
Me he jubilado este año y tengo en mi plan de pensiones aportaciones anteriores al año 2007. Teniendo en cuenta la fiscalidad, creo que si rescato de golpe todo mi dinero tendría algún beneficio fiscal, ¿es así?
· En efecto, hasta el año 2007 si se rescataba de golpe el plan de pensiones contaba con una reducción del 40%. O dicho de otro modo, solo tributaba por el 60% del montante acumulado (aportaciones más el rendimiento) en el plan de pensiones. Ahora existe un régimen transitorio que permite aplicar la reducción a las cantidades percibidas en forma de capital el año de la jubilación y los dos siguientes.
· Por tanto, si usted se ha jubilado este año para aprovechar al máximo la reducción fiscal debería cobrar el dinero que provenga de las aportaciones previas a 2007 en tres veces y de tres planes distintos planes en forma de capital. El primero este año, el de su jubilación. En el ejercicio fiscal siguiente cobraría el segundo. Y a los dos años el tercero. De esta forma a los tres planes se les aplica el 40% de reducción antes de sumarlos a la base imponible del IRPF. Eso sí, al contar con mayores ingresos el año de su jubilación puede convenirle que los importes no sean exactamente tres paquetes iguales, puede cargar algo más lo que cobre en el segundo y tercer año (vea recuadro).
En conclusión
Vaya por delante que llegada la jubilación usted no tiene la obligación de rescatar sus planes de pensiones o PPA.
· Para aquella parte de su dinero dirigido a complementar su pensión con el que no puede asumir riesgo alguno, porque p.ej. piense cobrarlo en los próximos 3 años, un PPA de los más interesantes puede ser la solución. Entre las entidades que comercializan PPA (vea tabla) el rendimiento real anual tras gastos oscila entre el 0% y el 3%. Entre los mejores, se encuentran el PPA Mutualidad de la Mutualidad que ofrece un 3% tras gastos durante el trimestre actual y el PPA de la Mutua Madrileña con un 2,25% el primer año.
· Eso sí, aunque tenga 64 años, para ese dinero que piense cobrar a más largo plazo lo más razonable, aunque nadie se lo garantice, es decantarse por un plan de pensiones bien gestionado. Puede consultar nuestro comparador de planes de pensiones que encontrará en nuestra web en la sección Ahorrar/Planes de Pensiones.
“Tips” para rescatar sus planes
- Antes de empezar a cobrar sus planes puede traspasarlos total o parcialmente hacia otro u otros planes, incluidos los PPA. Consejo muy útil si usted tiene p.ej. un plan que invierta en acciones y quiere reducir el riesgo hasta su cobro.
- Espere al año siguiente al de su jubilación, cuando sus ingresos se hayan reducido y por tanto también baje su tipo marginal del IRPF.
-Si tiene aportaciones hasta el 31/12/2006, rescátelas el año de su jubilación y en los dos años siguientes para aprovechar al máximo la reducción del 40%. Para ello, divida el montante en tres paquetes, donde el primero sea inferior a los otros dos y traspase cada uno de ellos a tres planes diferentes de bajo riesgo, como por ejemplo un PPA.
-Para las aportaciones posteriores al 31/12/2006, recupere el dinero de su plan haciendo disposiciones según lo vaya necesitando, con cuidado para no sobrepasar los límites de su base imponible y evitar así saltar de tramo en su tipo marginal del IRPF.
-Si se dispone a recuperar su PPA, plan de rendimiento garantizado, etc. compruebe que no le cobran penalización por ello. En caso afirmativo, puede que le convenga esperar para evitarla.

Consulte nuestro comparador de planes de pensiones