Análisis Planes de pensiones

Planes de pensiones para autónomos ¿alguno interesante?

Los planes de pensiones para autónomos se lan-zan al ruedo en busca de ese ahorro para su jubi-lación. ¿Qué ofrecen? ¿Alguno interesante?

Los planes de pensiones para autónomos se lan-zan al ruedo en busca de ese ahorro para su jubi-lación. ¿Qué ofrecen? ¿Alguno interesante?

Publicado el  18 abril 2024
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Los planes de pensiones para autónomos se lan-zan al ruedo en busca de ese ahorro para su jubi-lación. ¿Qué ofrecen? ¿Alguno interesante?

Los planes de pensiones para autónomos se lan-zan al ruedo en busca de ese ahorro para su jubi-lación. ¿Qué ofrecen? ¿Alguno interesante?

Los planes de pensiones para autónomos se lanzan al ruedo en busca de ese ahorro para su jubilación. ¿Qué ofrecen? ¿Alguno interesante? Hemos analizado la oferta.

¿De qué se trata?

Ahorrar para complementar la pensión pública a través de planes de pensiones de empleo ha sido terreno vetado durante mucho tiempo al colectivo de los trabajadores autónomos, que eso sí, podrían aportar a planes individuales o asociados. Algo que vino a corregir la Ley 12/2022 de 30 de junio de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo de la que surgen los Planes de Pensiones de Empleo Simplificados (PPES). Veamos en detalle a quienes están destinados, en qué consisten, así como sus ventajas e inconvenientes. 
Los PPES son planes de pensiones cuya principal diferencia con los del sistema individual y de empleo es que han de ser promovidos por una asociación, federación o colectivo.
• El acceso a estos planes es sencillo. Solo se exigen como requisitos ser autónomo, mayor de 16 años y tener resi-dencia en España. Sin embargo, no es necesario pertenecer a la asociación que promueve el plan ni a ninguna otra, algo que por ejemplo sí ocurre con los planes de pensiones asociados como en el de OCU .
• Usted puede invertir realizando aportaciones únicas o periódicas desde unos 30 euros (100 en el caso del PPES de Cobas). Y si vienen mal dadas, siempre puede dejarlo en suspenso, es decir, dejar de realizar aportaciones. 

Fiscalidad ¿mejorada?

Los planes de pensiones cuentan con una ventajosa fiscalidad en la aportación ya que permiten desgravar las cantidades aportadas hasta un límite de 1.500 euros (o el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas percibidos anualmente en el ejercicio si fuera menor). Límites que se amplían si tenemos en cuenta las aportaciones que realiza la empresa a sus trabajadores en el caso de planes de empleo, y que en el caso de los autónomos es de hasta otros 4.250 euros por sus contribuciones a estos PPES. Así, sumado al límite general de 1.500 euros, un autónomo puede llegar a aportar (y deducirse) hasta 5.750 euros.

Desventajas en el cobro

El dinero en un plan no puede recuperarse cuando a uno le venga en gana. Deben darse las mismas contingencias que en el resto de los planes. Las comunes (fallecimiento, jubilación, dependencia e incapacidad) o los supuestos de liquidez excepcionales (enfermedad grave y paro). El supuesto de liquidez para aportaciones con 10 años de antigüedad solo se produce si se recoge en las especificaciones del PPES en cuestión.
• Eso sí, preste atención a la fiscalidad porque las ventajas en las aportaciones pueden desvanecerse a la hora de cobrarlo si no lo hace con tino. Y es que el dinero recuperado (aportaciones más ganancias o pérdidas acumuladas) tributan junto a su salario o pensión como rendimientos del trabajo, pudiendo llegar a pagar por todo hasta el 52% (dependiendo de la comunidad autónoma donde resida el beneficiario). 

¿Qué hay de los traspasos?

El dinero delos planes de pensiones es del partícipe y aunque no pueda recuperarlo cuando le venga en gana sí puede realizar traspasos totales o parciales sin repercusión fiscal alguna, ni asumiendo gasto adicional por ello.
• Eso sí, los traspasos no pueden hacerse a cualquier producto de inversión, sino que debe ser a los circunscritos a su naturaleza. Esto es, los PPES pueden recibir traspasos del resto de planes (individuales, asociados y de empleo) que usted tenga. Por otro lado, usted como autónomo podrá movilizar los derechos consolidados de su PPES únicamente hacia otro PPES.
• Si perdiera la condición de autónomo, podrá mantener sus derechos consolidados en su PPES o podría movilizarlos hacia el plan de empleo de la empresa donde trabaje por cuenta ajena. 

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