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Ante la nueva fiscalidad, ¿qué hago con mi plan de pensiones?
hace un año - miércoles, 10 de marzo de 2021Nueva fiscalidad 2021
Desde el 1 de enero de este año el ejecutivo ha dado un tijeretazo a las aportaciones que el contribuyente puede hacer a los productos de previsión social. ¿Debe por ello tomar alguna precaución al respecto? ¿Cómo actuar a partir de ahora?
El límite total de reducciones que un mismo contribuyente puede realizar derivado de las aportaciones a planes de pensiones de cualquier tipo (asociados, individuales, empleo) y a planes de previsión asegurado (PPA) ya no es de 8.000 euros anuales, sino que en 2021 queda topado en 2.000 euros siempre que, como ya ocurría, no sobrepasen el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades profesionales.
• Este límite puede incrementarse hasta en 8.000 euros más para el caso de contribuciones del empleador a favor de su trabajador en los instrumentos de previsión social empresarial, como los planes de pensiones de empleo, los planes de previsión social empresarial o las mutualidades de previsión social. Es decir, el fisco permite aportar al empleador en favor de su empleado hasta 10.000 euros, siempre que este de forma individual no aportase nada.
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