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Retraso con Vueling: OCU CLM consigue una indemnización de 800 euros
12 dic. 2023En estas fechas navideñas, cada vez va siendo más habitual que las familias decidan aprovechar estas vacaciones para viajar a destinos fuera de nuestras fronteras. Sin embargo, las vacaciones soñadas se pueden volver una pesadilla si las compañías aéreas dejan de cumplir con sus previsiones de vuelos, generando retrasos o cancelaciones de última hora, que pueden trastocar cualquier plan.
Es lo que le ocurrió a una vecina de Almansa y a su pareja. A punto de volar de regreso a Alicante desde Amsterdam, y ya sentados en el avión, Vueling les comunica la cancelación del vuelo alegando problemas técnicos. Una vez desembarcados y sin recibí ningún tipo de ayuda, deciden buscar un hotel donde alojarse hasta el siguiente vuelo, que no será antes del día siguiente. Tras la primera noche en Amsterdam, la compañía les indica que tendrán que esperar un día más y que el destino no será Alicante, sino Valencia, sin facilitarles una conexión entre estos dos aeropuertos. Y sin que Vueling les facilite asistencia durante su estancia en Amsterdam, por lo que los afectados se ven obligados a afrontar todos los gastos generados durante estos dos días: alojamiento, manutención y traslados.
Cuando dos días después llegan a su destino, la afectada, socia de OCU, interpone reclamación directamente a la compañía, solicitando solo y en un primer momento, el abono de los gastos que el retraso les ha supuesto.
Tras no recibir respuesta por parte de la compañía, la afectada recurre a OCU, donde se la informa que no solo tiene derecho a que le reintegren los gastos generados, sino también una indemnización que, en este caso y debido a la distancia entre Amsterdam y Alicante (más de 1.500 kilómetros) ascendía a 400 euros por viajero. Así lo recoge claramente el Reglamento Europeo 261 / 2004 sobre los derechos de los pasajeros de aeronaves en caso de denegación de embarque, cancelación o retraso de vuelo.
La compañía Vueling decide entonces abonar a nuestra representada los gastos justificados de manutención y alojamiento junto con una indemnización de 250 euros por viajero, es decir, una cuantía inferior a la prevista en la ley. OCU interviene de nuevo planteando una nueva reclamación a la que Vueling, tras más de tres meses desde que se generó la infracción, resuelve concediendo la indemnización íntegra solicitada (800 euros) más los gastos generados.
OCU Castilla-La Mancha recuerda que en retrasos superiores a las tres horas en un trayecto aéreo que tenga por origen o destino un país de la UE no solo se genera un derecho a reubicación y abono de gastos como manutención y hospedaje, también una indemnización que varía en función de la distancia entre origen y destino.
Esta información ha sido elaborada por un equipo de ingenieros, economistas, abogados, estadísticos y editores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia y sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.
Para más información (medios de comunicación): Teléfono: 91 722 60 61 www.ocu.org