Solo en la Unión Europea
La UE ha dado un paso adelante aprobando el Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos, más conocido como MiCA. Esta normativa, limitada a la UE, regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos (criptomonedas y “stablecoins”) y se incluye a emisores y proveedores de servicios (plataformas exchange p.ej.) con el objetivo de proteger a consumidores e inversores.
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Solo en la Unión Europea
La UE ha dado un paso adelante aprobando el Reglamento sobre los Mercados de Criptoactivos, más conocido como MiCA. Esta normativa, limitada a la UE, regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos (criptomonedas y “stablecoins”) y se incluye a emisores y proveedores de servicios (plataformas exchange p.ej.) con el objetivo de proteger a consumidores e inversores. A los primeros les obliga a proporcionar información completa y transparente sobre los criptoactivos que emiten. A los segundos les impone el registro obligatorio y la autorización por parte de la Autoridad Europea de los Mercados Financieros (ESMA) para poder operar en la UE, teniendo que cumplir normas estrictas para proteger los billeteros y carteras de sus clientes. En caso de problemas, tales proveedores serán considerados responsables. Por su parte, los operadores del mercado de criptomonedas deben disponer de reservas obligatorias y verificables que cubran el 100 % del precio de las “stablecoins” (criptomonedas cuyo valor está indexado a otro activo: euro, dólar, oro, etc.) mediante garantías., lo que supone que los reembolsos deben estar garantizados.
Quedan fuera de esta regulación las fichas o tokens no fungibles, que representan una obra de arte digital, un video, un tweet, o cualquier otro objeto único (NFT) y las monedas digitales emitidas por los bancos centrales.
La ley no será de total aplicación hasta finales de 2024 o inicios de 2025.
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