Modelo 721 para las criptomonedas
“Tengo una cartera de criptomonedas con un saldo que supera los 50.000 euros ¿debo declarar esta inversión en el modelo 720?”
La información sobre monedas virtuales no se incluye en el modelo 720. En 2023 se aprobó un modelo específico para este fin: el modelo 721. Al igual que ocurre con el modelo 720, vea nuestro artículo Modelo 720: tiene hasta el 31 de marzo para declarar sus bienes en el extranjero se presenta solo por internet y en el mismo plazo y con los mismos requisitos de obligatoriedad de presentación en años sucesivos explicados en pág. 12. Puede acceder al modelo en este enlace https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/GI55.shtml
Por tanto, será obligatorio informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real, siempre que el valor total de las criptomonedas en el extranjero supere los 50.000 euros a 31 de diciembre.
¿Bitcoin en el extranjero?
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Modelo 721 para las criptomonedas
“Tengo una cartera de criptomonedas con un saldo que supera los 50.000 euros ¿debo declarar esta inversión en el modelo 720?”
La información sobre monedas virtuales no se incluye en el modelo 720. En 2023 se aprobó un modelo específico para este fin: el modelo 721. Al igual que ocurre con el modelo 720, vea nuestro artículo Modelo 720: tiene hasta el 31 de marzo para declarar sus bienes en el extranjero se presenta solo por internet y en el mismo plazo y con los mismos requisitos de obligatoriedad de presentación en años sucesivos explicados en el citado artículo.
Por tanto, será obligatorio informar sobre las monedas virtuales situadas en el extranjero de las que se sea titular, o de las cuales se tenga la condición de beneficiario, autorizado o de alguna otra forma se ostente poder de disposición, o de las que se sea titular real, siempre que el valor total de las criptomonedas en el extranjero supere los 50.000 euros a 31 de diciembre.
¿Bitcoin en el extranjero?
Las monedas virtuales se entenderán situadas en el extranjero cuando la persona o entidad o establecimiento permanente que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener, almacenar y transferir dichas monedas no tenga residencia en España. En el siguiente enlace puede consultar la localización de los proveedores de servicios de cambio de moneda virtual por fiduciaria y/o custodia de monederos electrónicos registrados en el Banco de España: https://app.bde.es/rbe_spa/#/buscador