Nuestra encuesta
Raro es el día que los medios de comunicación no se hacen eco de algún caso relativo a la ocupación ilegal de viviendas. Hemos querido poner los pies sobre la tierra y averiguar si realmente es un problema preocupante para los españoles. Para ello, a mediados de abril, en OCU realizamos una encuesta estadísticamente significativa entre 1.100 personas. Sus respuestas nos dan las claves.
Un problema para más de la mitad
En primer lugar, preguntamos a nuestros entrevistados si en la zona en la que viven la ocupación de viviendas representa según ellos un
problema real o no. Para un 54% sí constituye un problema: un 20% cree que es un problema menor, pero alcanza un 16% los que lo consideran bastante importante y un 18% muy importante. Especial preocupación muestran los que tienen entre 40 y 59 años.
• La percepción de la gravedad del problema depende mucho de la
región. Así, mientras que en Cataluña la ocupación supone un problema real para el 65% de los encuestados o para el 59% en el caso de la Comunidad Valenciana, en Castilla y León apenas lo es para un 32%
¿Víctima directa? ¿Y en su entorno?
Tan solo el 2% de los encuestados dice haber sido víctima durante los últimos 5 años de la ocupación ilegal de su vivienda.
• A quienes dijeron que no, les preguntamos si
en su entorno más cercano existía algún caso de ocupación ilegal de vivienda. No de oídas, sino en personas conocidas. Pues bien el 19% respondió afirmativamente, siendo Castilla - La Mancha la comunidad donde un mayor porcentaje de encuestados dice conocer personalmente a alguna víctima de ocupación (35%).
¿Se logró resolver? ¿Cómo?
En el 69% de los casos sí se pudo solucionar el problema: en el 39% de los casos gracias a la
intervención de las autoridades, mientras que en un 23% llegando a un acuerdo con aquellos que ocuparon ilegalmente la vivienda. En un 8% se llegó a una solución de otra ma-nera, mientras que en el 31% de los casos la situación aún no se ha resuelto.
• Al hablar de formas en que se llegó a una solución, las respuestas más citadas que hablan de intervención judicial la asocian a un tiempo excesivo.
Mejorar la respuesta legal
En OCU pensamos que
es preciso articular un sistema legal que sea rápido y eficaz para dar respuesta a la ocupación de viviendas. No es lógico que la solución deba buscarse en empresas privadas y mucho menos en actuaciones que puedan bordear la legalidad o que fuercen al propietario a buscarse la vida. Esto supone también prever un parque de vivienda social de tamaño suficiente para dar respuesta a situaciones de necesidad real por parte de ciudadanos vulnerables. Los jueces y las fuerzas de seguridad del Estado deben tener los instrumentos necesarios para intervenir con la celeridad necesaria, especialmente frente a ciudadanos u organizaciones que se aprovechen de la necesidad de otras personas para hacer negocio de la ocupación.
Propietarios: foco en la prevención
Los propietarios deben poner el foco en la
prevención. Nuestros expertos de
OCU fincas y casas, nuestra revista especializada en inmuebles, recomiendan revisar la seguridad del inmueble, poner alarmas, hablar con los vecinos del edificio y portero para que avisen en caso de ruidos o entrada de extraños. Así, podrá reaccionar con celeridad. Si tiene viviendas que no utiliza, plantéese su puesta en alquiler o su venta. Si lo prefiere, puede encargar la gestión del alquiler a una empresa especializada, que le garantizará el cobro de la renta. Los socios de OCU fincas y casas pueden acceder a los servicios de una gestora de alquileres en condiciones especiales. Más información en
www.ocu.org/ocu-plus/gestion-inquilinos
• Si ya es tarde y su vivienda ha sido ocupada, debe actuar. Pero nunca se enfrente usted físicamente a los ocupas. Si la ocupada es su vivienda habitual, o una segunda residencia que utiliza y, por tanto, tiene algunos enseres personales en ella,
presente la denuncia en comisaría o guardia civil, dejando constancia de que es una vivienda que utiliza (una morada) y pida expresamente el desalojo inmediato de los ocupantes como medida a adoptar en el marco de las primeras diligencias. Aquí la vía penal suele ser rápida.
• Si se trata de una vivienda que no sea de uso propio podría interesarle más acudir a la vía civil para iniciar un
procedimiento sumario de recuperación de la posesión.