Durante este 2024 seguirá habiendo medidas especiales para el alquiler.
Publicado el 08 enero 2024
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Durante este 2024 seguirá habiendo medidas especiales para el alquiler.
A finales de 2023 se actualizaron algunas medidas extraordinarias aprobadas en la pandemia. Vea las que afectan al alquiler este año.
Suspensión de desahucios prorrogada
El 28 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 8/2023 de 27 de diciembre, actualizando algunas de las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno en 2020 y 2022 con motivo de la pandemia y para paliar los efectos de la inflación, respectivamente. En concreto, entre las que afectan al alquiler se amplía hasta el 31 de diciembre de este año la suspensión de procedimientos de desahucio.
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El 28 de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 8/2023 de 27 de diciembre, actualizando algunas de las medidas extraordinarias aprobadas por el Gobierno en 2020 y 2022 con motivo de la pandemia y para paliar los efectos de la inflación, respectivamente. En concreto, entre las que afectan al alquiler se amplía hasta el 31 de diciembre de este año la suspensión de procedimientos de desahucio y lanzamientos para hogares vulnerables; una medida que nació carácter temporal y cumplirá más de cuatros años y medio de vigencia. Así, en caso de impago de la vivienda alquilada, si el inquilino acredita su vulnerabilidad, el propietario tiene que esperar a que los servicios sociales encuentren un alojamiento alternativo; y ello sin poder cobrar ni recuperar su propiedad. Y esto se extiende también a algunos casos de ocupación ilegal.
• Para que un inquilino sea considerado vulnerable deben darse una serie de situaciones. Una de ellas es que su renta arrendaticia más lo gastos y suministros básicos sean igual o superiore al 35% de los ingresos netos que perciba el conjunto de miembros de la unidad familiar. Algo que no es difícil: en la encuesta de OCU sobre barreras de acceso a la vivienda de alquiler el 63% de inquilinos debían destinar más de 30% de los ingresos al pago de las rentas y los gastos ligados a la vivienda.
• Por otro lado, continúa el límite a la actualización de rentas, topado al 3% y aplicable a la actualización de 2024; límite que no pueden sobrepasar los arrendadores que sean gran tenedores. Para conocer con detalle estas medidas especiales como la posibilidad de pactar una subida distinta al 3%, como acceder a un modelo de documento para comunicar la subida entre en Fincas y casas.