Análisis

IRPF 2020 de la segunda vivienda, ¿hay que pagarlo?

Publicado el   15 abril 2021
Tiempo de lectura: ##TIME## min.

Compartir este artículo

Las restricciones a la movilidad han impedido a muchos disfrutar de su segunda residencia. Aun así, toca pagar.

Rentas imputadas por segundas residencias

Los inmuebles que posea y no tenga alquilados – excepto la vivienda habitual y como máximo dos plazas de garaje conjuntamente adquiridas con esta –, generan rentas que deben declararse en el IRPF como “rentas inmobiliarias imputadas”. Estas se calculan aplicando al valor catastral un 1,1% o 2%, según cuando fuese la última revisión del Catastro (art. 85 de la Ley del IRPF). Así, tener una casa en el pueblo o un apartamento en la playa, por ejemplo, implica que tendrá que incluir un rendimiento extra en su declaración y tributar lo que le corresponda. No obstante, en 2020 con la declaración del estado de alarma entre el 14 de marzo y el 21 de junio casi nadie pudo hacer uso de su segunda residencia; uso que quedó nuevamente limitado con más restricciones en otoño en distintas zonas de España. Aun así, en plena campaña del IRPF 2020 le tocará tributar al completo por este concepto, lo cual no nos parece justo.

Para ver el resto del análisis y saber qué se puede hacer con las rentas imputadas por este concepto en 2020 pinche en el botón siguiente.

Tome el control de sus inversiones con información y análisis financieros independientes y de confianza, diseñados para ayudarle a tomar decisiones bien informadas. Al suscribirse, recibirá 5 créditos GRATUITOS para acceder a:

  • Estrategia e información financiera independiente
  • Herramientas para lidiar con la volatilidad del mercado
  • Acceso a una cartera virtual con la que lograr el éxito a largo plazo ¡

Acceda el 95% restante de este artículo!

Acceder al contenido

inicie sesión