IRPF 2020 de la segunda vivienda, ¿hay que pagarlo?
Publicado el 15 abril 2021
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Las restricciones a la movilidad han impedido a muchos disfrutar de su segunda residencia. Aun así, toca pagar.
Rentas imputadas por segundas residencias
Los inmuebles que posea y no tenga alquilados – excepto la vivienda habitual y como máximo dos plazas de garaje conjuntamente adquiridas con esta –, generan rentas que deben declararse en el IRPF como “rentas inmobiliarias imputadas”. Estas se calculan aplicando al valor catastral un 1,1% o 2%, según cuando fuese la última revisión del Catastro (art. 85 de la Ley del IRPF). Así, tener una casa en el pueblo o un apartamento en la playa, por ejemplo, implica que tendrá que incluir un rendimiento extra en su declaración y tributar lo que le corresponda. No obstante, en 2020 con la declaración del estado de alarma entre el 14 de marzo y el 21 de junio casi nadie pudo hacer uso de su segunda residencia; uso que quedó nuevamente limitado con más restricciones en otoño en distintas zonas de España. Aun así, en plena campaña del IRPF 2020 le tocará tributar al completo por este concepto, lo cual no nos parece justo.
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