Los efectos de la crisis del coronavirus están llevando a la inclusión de una cláusula en los contratos de alquiler de vivienda, que contemple nuevas situaciones.
Publicado el 02 octubre 2020
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Los efectos de la crisis del coronavirus están llevando a la inclusión de una cláusula en los contratos de alquiler de vivienda, que contemple nuevas situaciones.
La crisis del coronavirus ha llevado a algunos arrendadores a prever nuevas situaciones en los contratos. Se lo explicamos.
Paliar los efectos de la crisis
Con ocasión del estado de alarma decretado en marzo pasado, el Gobierno adoptó algunas medidas para paliar los efectos perversos de la crisis, como la suspensión de desahucios a inquilinos vulnerables o la prórroga de los alquileres de vivienda que debían terminar durante el estado de alarma y en los meses posteriores. Otras medidas afectaron a alquileres de vivienda contratados con personas jurídicas o con grandes tenedores de inmuebles, con vistas a la condonación de rentas o al aplazamiento de su pago. Pero los alquileres concertados con pequeños arrendadores particulares o muchos otros alquileres distintos de vivienda no fueron objeto de regulación y las partes se han visto obligadas a buscar soluciones de urgencia. Es el caso de los locales, los alquileres de temporada o de habitaciones, por ejemplo.
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