Un reglamento complejo
Tal y como explicamos en nuestro artículo “Regulación de criptoactivos en la UE” de octubre pasado, el Reglamento MiCA, limitado a la UE, regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos (criptomonedas y “stablecoins”) y se incluye a emisores y proveedores de servicios (plataformas exchange p.ej.) con el objetivo de proteger a consumidores e inversores. Se trata de una norma pionera gracias a la cual las entidades que publicitan, comercializan y asesoran sobre estas inversiones tendrán que estar autorizadas. Sin embargo, las que ya operaban tendrán un periodo de adaptación. Esto supone que durante este 2025 podrán coexistir proveedores autorizados bajo la normativa MiCA con aquellos que se han acogido al régimen transitorio español.
Debido a la complejidad de la norma y especialmente a estos periodos transitorios, el panorama para el inversor de a pie puede no ser suficientemente claro, tal y como reconoce la propia CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) que, con el fin de despejar todas estas dudas, ha habilitado en su web una sección dedicada a dar respuesta a todas ellas: www.cnmv.es/Portal/mica/regulacion-criptoactivos?lang=es
No es una inversión segura
Si quiere saber por qué decimos que no es una inversión segura y los riesgos que se asumen apostando por las criptodivisas, haga clic en el botón siguiente
Un reglamento complejo
Tal y como explicamos en nuestro artículo “Regulación de criptoactivos en la UE” de octubre pasado, el Reglamento MiCA, limitado a la UE, regula la emisión y prestación de servicios relacionados con criptoactivos (criptomonedas y “stablecoins”) y se incluye a emisores y proveedores de servicios (plataformas exchange p.ej.) con el objetivo de proteger a consumidores e inversores. Se trata de una norma pionera gracias a la cual las entidades que publicitan, comercializan y asesoran sobre estas inversiones tendrán que estar autorizadas. Sin embargo, las que ya operaban tendrán un periodo de adaptación. Esto supone que durante este 2025 podrán coexistir proveedores autorizados bajo la normativa MiCA con aquellos que se han acogido al régimen transitorio español.
Debido a la complejidad de la norma y especialmente a estos periodos transitorios, el panorama para el inversor de a pie puede no ser suficientemente claro, tal y como reconoce la propia CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores) que, con el fin de despejar todas estas dudas, ha habilitado en su web una sección dedicada a dar respuesta a todas ellas: www.cnmv.es/Portal/mica/regulacion-criptoactivos?lang=es
Recuerde: no es una inversión segura
En cualquier caso, hay que dejar bien claro que el hecho de que la UE deje de ser un territorio sin ley para los criptoactivos no significa en modo alguno que vaya a ser una inversión segura. Los criptoactivos seguirán sin estar cubiertos por ningún tipo de sistema de indemnización, como p.ej. el de los inversores en España (FOGAIN).
Por nuestra parte, seguimos desaconsejando la inversión en criptodivisas. No tienen ningún fundamento real detrás de ellas que las pueda respaldar y los riesgos de salir trasquilado son elevadísimos. No obstante, si le gustan las emociones fuertes y desea jugársela intente que sea una cantidad de dinero ínfima que se pueda permitir perder por completo.
No obstante, si tras todas estas advertencias usted sigue interesado en conocer sus precios, hemos querido facilitarle la búsqueda con nuestra calculadora de criptodivisas. La encontrará en la página de inicio en Herramientas bajo el logotipo de una pequeña calculadora. En ella encontrará las cotizaciones del Bitcoin, Litecoin, Ripple, Ethereum y Monero, proporcionadas por Coinbase, una de las plataformas de criptomonedas más populares y que, sin poder considerarse un mercado oficial, al menos está registrada y autorizada por el supervisor de bolsas y valores estadounidense SEC.