Modificaciones del impuesto en el punto de mira
En este momento hay un par de recursos que atañen al Impuesto de Patrimonio en manos de los tribunales. Uno es el recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) y el otro ante la Audiencia Nacional. En ambos casos giran en torno a declarar la inconstitucionalidad del impuesto.
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Modificaciones del impuesto en el punto de mira
En este momento hay un par de recursos que atañen al Impuesto de Patrimonio en manos de los tribunales. Uno es el recurso ante el Tribunal Constitucional (TC) y el otro ante la Audiencia Nacional. En ambos casos giran en torno a declarar la inconstitucionalidad del impuesto.
• Que se estime el recurso ante el TC abriría la veda a reclamar lo pagado en 2021 y 2022. En el caso del recurso de la Audiencia Nacional afectaría a las declaraciones de los ejercicios 2019 y 2020. Antes de que los tribunales se pronuncien usted puede pasar a la acción. Y es que, en caso de estimarse los recursos, los tribunales podrían limitar las devoluciones a aquellos que hubiesen impugnado las declaraciones antes de la sentencia. Por tanto, antes del pronunciamiento puede solicitar la rectificación de las autoliquidaciones presentadas en la web de la Agencia Tributaria y la devolución de lo pagado, alegando su nulidad por los motivos de inconstitucionalidad. Y en caso de que Hacienda no estimase esta solicitud, presentar recurso para que la resolución del fisco no adquiera firmeza antes de la resolución de los tribunales