Reglas de Hacienda
Que una inversión genere pérdidas no implica que no siga siendo atractiva de cara al futuro. Puede, eso sí, que nos interese sacar a la luz fiscal esas pérdidas para compensarlas con otras ganancias y así ahorrar en la factura del IRPF. Claro, que también puede que queramos volver a comprarla más adelante, aprovechando su precio más barato. En este caso Hacienda tiene sus reglas. Y es que el fisco no permite compensar pérdidas y ganancias, cuando se trata de valores homogéneos hasta que no han pasado dos meses entre la venta y la nueva compra, en el caso de valores o participaciones adquiridos en mercados secundarios de valores de la Unión Europea; y un año en el caso de los valores que no coticen en esos mercados. Es lo que se conoce como “norma antiaplicación” con la que Hacienda trata de evitar que los contribuyentes generen pérdidas o rendimientos de capital negativo solo a ojos fiscales.
• Así, si usted incumple los plazos al recomprar esa misma inversión Hacienda no le dejará computar esa pérdida, mientras no se transmitan los valores de esa recompra.
Dos caminos para cumplir con el fisco
Uno de ellos es vender la inversión, pero en lugar de volver a adquirirla, comprar otra que sea similar. Puede ser, por ejemplo, otro fondo de la misma categoría, con lo que seguirá fiel a apostar por esa categoría interesante, pero mediante otro vehículo inversor.
• El segundo camino pasa por comprar de nuevo la inversión, metiendo un cambio de titularidad de por medio. Es decir, que algún familiar (cónyuge, padres o hijos) haga la compra individual de lo que usted haya vendido, o bien añada un cotitular a la nueva compra. Es lo que se conoce como “aplicaciones familiares”. Así, a la hora de venderlos el fisco ya no considerará esos valores como homogéneos pues tendrá un régimen de propiedad distinto. En el caso de matrimonios, sepa que solo será válido, en caso de separación de bienes; o en gananciales, cuando la inversión sea de carácter privativo. Es decir, cuando la recompra es con dinero priva-tivo, por ejemplo, el proveniente de una herencia.