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Recomendaciones de OCU a los afectados por las cancelaciones de Monarch
03 oct. 2017La compañía aérea británica Monarch ha cancelado todos sus vuelos tras declararse en bancarrota y ha dejado sin efecto cerca de 300.000 reservas de viajeros. Entre los afectados hay también miles de consumidores españoles.
Antes esta situación, OCU recuerda que los pasajeros cuentan con derechos que deben reclamar e informa a los consumidores sobre cómo actuar según cada caso.
En el caso de un viaje combinado:
- Si el viajero ya había iniciado el viaje, será el organizador, es decir, la agencia de viajes, la que debe adoptar las soluciones para continuar el viaje organizado, sin suplemento de precio alguno para el usuario y abonando, si fuera el caso, la diferencia entre las prestaciones previstas y las suministradas. Si las soluciones que propone el organizador fueran inviables, o el consumidor las rechaza por unos motivos razonables, la agencia deberá facilitar al viajero, sin ningún coste para él, un transporte equivalente al utilizado en el viaje para regresar a su lugar de origen.
- Si el viaje no ha comenzado, y ya se ha pagado parte o la totalidad del precio, como no se ha prestado el servicio se puede resolver el contrato sin penalización, con lo que devolverían el dinero. La agencia también podría proponer una modificación (especificando las variaciones y cómo afecta al precio) y es el viajero quien decidirá si le conviene o no, en el plazo de tres días. Si no le interesa o no se da respuesta a esta propuesta, se entenderá que el usuario opta por la resolución del contrato, y en ese caso tendrá derecho al reembolso de todas las cantidades pagadas, o a realizar un viaje combinado de calidad equivalente o superior, siempre que el organizador o detallista pueda proponérselo.
Para aquellos viajeros que solo han comprado el vuelo de forma directa y lo pagaron con tarjeta, la opción más factible y segura para recuperar el dinero del billete sería a través del emisor de la tarjeta con la que se pagó el servicio: es a esta entidad a la que se debe solicitar la devolución del cargo.
OCU informa además de que, con independencia del plazo con que la compañía haya avisado al viajero de la cancelación, en este caso los usuarios no tienen derecho a una indemnización adicional, pues la cancelación se debe a circunstancias de fuerza mayor.
Más información en este enlace.
Para más información (medios de comunicación) Eva Jiménez Tfno. 917226061 prensa@ocu.org