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Servicios Financieros

La nueva directiva sobre créditos hipotecarios debe mejorarse para ser útil para el consumidor

13 may. 2016

El día 21 de marzo finalizó el plazo para la trasposición de la Directiva sobre créditos hipotecarios, cuya finalidad es armonizar la normativa de protección al consumidor en relación con la contratación de préstamos hipotecarios. España aún no ha traspuesto esta directiva al ordenamiento nacional, aunque gran parte de las obligaciones de información establecidas por la Directiva ya están recogidas en la normativa española.

Como principales novedades en dicha Directiva se encuentran las advertencias sobre los riesgos de contratar hipotecas multidivisa o el impacto de una subida de tipos de interés en el caso de hipotecas a tipo de interés variable.

Otro cambio que se deriva de la directiva es la prohibición de exigir la contratación de productos vinculados con el préstamo, pero con excepciones. Igualmente deja la posibilidad de permitir dicha práctica si dichos productos vinculados suponen un “claro beneficio” para el consumidor y se permite expresamente que las entidades pueda exigir la contratación de seguros de vida.

En opinión de OCU en la práctica las entidades bancarias actualmente sortean esta limitación, ya que no obligan a contratar productos adicionales, sino que ofrecen bonificaciones por contratarlos.

Asimismo la Directiva obliga a calcular la TAE incluyendo todos los gastos asociados al préstamo, inexplicablemente al igual que ocurre en la legislación española, se excluyen los gastos de notario.

OCU en general valora positivamente esta nueva directiva, pero advierte de algunos puntos mejorables:

  • Es importante que los consumidores sepan que las cuotas de los préstamos a tipo variable pueden incrementarse, sin embargo la Directiva establece la obligación de indicar la TAE al tipo deudor más elevado de los últimos 20 años como mínimo. Para OCU un cálculo con dicho índice no es realista y ofrece un sesgo hacia los préstamos a tipo fijo, los cuales a priori son más interesantes para las entidades bancarias.
  • OCU opina que los cálculos de TAE siguen sin ser realistas. Según la Directiva la TAE debe incluir todos los gastos que este deba abonar en relación con el contrato de crédito y que conozca el prestamista. Debe, por tanto, incluir los intereses, las comisiones, los impuestos, la remuneración de los intermediarios de crédito, los costes de tasación de bienes a efectos hipotecarios y cualquier otro gasto, exceptuando los gastos notariales, que sea necesario para obtener el crédito, como por ejemplo, el seguro de vida, o el seguro de incendios.

En el caso de los seguros de vida las entidades utilizan el importe de la prima del primer año para una persona joven, pero se debe tener en cuenta que la mayoría de seguros de vida que se contratan son anuales renovables, por lo tanto es un producto “barato” en el momento de la contratación pero cuyas primas irán creciendo año a año, de manera que pueden llegar a multiplicarse por 4 o por 5 cuando se alcancen los 50 años, edad en la que muchos seguirán pagando el préstamo. Desde OCU entendemos que debe obligarse a las entidades a facilitar a sus clientes una estimación realista de las primas a pagar durante toda la vida del contrato y utilizar dicho dato para calcular la TAE.

  • OCU estima que la gran cantidad de información y extensas advertencias que se obliga a entregar al consumidor no debe servir para blindar a las entidades ante eventuales demandas por cláusulas abusivas, vicios en el consentimiento o falta de transparencia. Se debe recordar que la normativa de transparencia existente incluía ya amplias obligaciones de información desde 1994, incluida la entrega de una oferta vinculante, sin que ello haya evitado al consumidor la contratación de hipotecas multidivisa o con cláusula suelo.

OCU ha trabajado activamente en la defensa judicial de los afectados en estos casos, como ya consiguió que se declarase nula por el Tribunal Supremo la cláusula suelo del  Banco Popular.

OCU recuerda a los posibles afectados por este tipo de productos que pueden acudir a la plataforma Movilízate http://www.ocu.org/movilizate/contra-los-abusos-bancarios para informarse sobre sus derechos y las posibles acciones para reclamar en el caso que sea posible.