Desde OCU deseamos informarte que nuestra página web utiliza cookies propias y de terceros para medir y analizar la navegación de nuestros usuarios con el fin de poder ofrecerte productos y servicios de tu interés. Mediante el uso de nuestro sitio web aceptas esta Política y consientes el uso de cookies. Puedes cambiar la configuración u obtener más información consultando aquí.

Daños del terremoto en Granada: OCU recomienda comunicarlos al Consorcio, además de al seguro

19 ago. 2026
  • El Consorcio de Compensación de Seguros cubre los daños causados por riesgos extraordinarios, como son los causados por el terremoto en Granada, siempre que los bienes estén previamente asegurados.
  • OCU recomienda recopilar pruebas para demostrar el alcance de los daños sufridos en la vivienda o el automóvil asegurados a través de videos, fotos o documentos.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda que, en el caso de daños por riesgos extraordinarios, como los causados por el terremoto en Granada, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se hace cargo de las indemnizaciones para las personas, los vehículos y viviendas, siempre que estén previamente asegurados.

 

Por eso, en caso de sufrir un siniestro extraordinario, y siempre que esté asegurado, OCU recomienda, además de comunicarlo a la aseguradora, ponerlo en conocimiento del Consorcio lo antes posible. Aunque conviene saber que aplica periodos de carencia (por ejemplo, en determinados casos 7 días desde vigencia de la primera póliza o de las siguientes si hay periodos entre medias sin cobertura) e indemniza únicamente según el alcance de la póliza privada contratada.

 

OCU aconseja aportar las mayores pruebas posibles sobre el alcance de los daños sufridos en la vivienda o el automóvil asegurados a través de videos, fotos o documentos. Por ello señala que siempre es conveniente guardar en otra ubicación una copia digital de los documentos más importantes (documentos de identificación, escrituras de propiedad, contratos, facturas, etc.) para facilitar las reclamaciones.

 

Los daños no cubiertos por los seguros solo se van a cubrir en alguna medida si hay ayudas extraordinarias, que OCU aprovecha para solicitar expresamente a las autoridades. En este sentido sería de gran utilidad la creación de una ventanilla única que permita a los afectados gestionar las diferentes ayudas aprobadas por las diferentes administraciones (central, autonómica y local) de forma rápida y eficiente.

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de abogados, economistas, estadísticos, ingenieros, profesionales de la salud y la alimentación, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con otras organizaciones europeas de consumidores y una red de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus 180.000 socios activos.


Para más información (medios de comunicación):

Teléfono: 91 300 90 04 / 666 576 730 / prensa@ocu.org