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Incendios forestales: OCU recuerda que los daños no están cubiertos por el Consorcio
14 jul. 2026Ante el dramático incendio de los Gallardos en Almería, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) reactiva su campaña para ayudar a los afectados a reclamar los daños ocasionados por los incendios a través de su página web y el 900 813 551.
OCU recuerda que los incendios forestales no están considerados un riesgo extraordinario, por lo que los daños ocasionados solo están cubiertos por los seguros que los afectados tuvieran previamente contratados. Ahora bien, mientras que los daños en la vivienda suelen estar incluidos en la mayoría de las pólizas de hogar, los daños en los vehículos no siempre están cubiertos por las pólizas básicas a terceros: suele ser necesario tener una póliza a todo riesgo o a terceros ampliado.
OCU advierte que la indemnización que pagaran las compañías dependerá de la cobertura contratada, por lo que es necesario revisar las condiciones de la póliza para ver qué daños están cubiertos. La normativa establece que los usuarios tienen 7 días para comunicar el siniestro. A partir de ahí las compañías de seguros tienen 40 días para peritar los daños y ofrecer una indemnización provisional por el importe mínimo que pueda deber según lo conocido hasta ese momento y hasta 3 meses (desde que se produjo el siniestro) para pagar la indemnización definitiva.
Si existe disconformidad con la indemnización ofrecida, hay que seguir el procedimiento previsto en el artículo 38 de la Ley de Contrato del Seguro. Primero, presentando a la aseguradora al menos un presupuesto detallado sobre la reparación o reconstrucción a realizar; que a su vez debería presentar su propuesta de indemnización para contrastar. Si la discrepancia se debe a cómo interpreta la póliza la compañía, la reclamación hay que dirigirla primero al servicio de atención al cliente o departamento equivalente. Y si la respuesta es negativa o no llega en un mes, el asegurado puede optar por acudir al Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, o bien dirigirse directamente (o con posterioridad) a la vía judicial, que es la única instancia con capacidad para resolver definitivamente la controversia.
OCU aconseja aportar las mayores pruebas posibles sobre el alcance de los daños sufridos a través de videos, fotos o documentos. Por ello señala que siempre es conveniente guardar en otra ubicación una copia digital de los documentos más importantes (documentos de identificación, escrituras de propiedad, contratos, facturas, etc.) para facilitar las reclamaciones.
Los daños no cubiertos por los seguros solo se van a cubrir en alguna medida si hay ayudas extraordinarias, que OCU aprovecha para solicitar expresamente a las autoridades. En este sentido sería de gran utilidad la creación de una ventanilla única que permita a los afectados gestionar las diferentes ayudas aprobadas por las diferentes administraciones (central, autonómica y local) de forma rápida y eficiente.
Por último, OCU lamenta que, como ha ocurrido en situaciones similares, y a pesar de que en teoría los riesgos están cubiertos, los seguros no siempre responden en modo y tiempo; a veces incluso retrasando y poniendo trabas al pago de indemnizaciones por los siniestros. Si esto sucede, anima los afectado a reclamar por incumplimientos de contrato.
Esta información ha sido elaborada por un equipo de abogados, economistas, estadísticos, ingenieros, profesionales de la salud y la alimentación, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con otras organizaciones europeas de consumidores y una red de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus 180.000 socios activos.
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