Desde OCU deseamos informarte que nuestra página web utiliza cookies propias y de terceros para medir y analizar la navegación de nuestros usuarios con el fin de poder ofrecerte productos y servicios de tu interés. Mediante el uso de nuestro sitio web aceptas esta Política y consientes el uso de cookies. Puedes cambiar la configuración u obtener más información consultando aquí.

Huelga de Renfe: OCU recuerda los derechos de los pasajeros en caso de cancelación o retraso

27 oct. 2026
  • Si hay cancelación, además del reembolso del billete, se puede reclamar una compensación adicional que varía según la antelación del aviso.
  • Si hubiera retraso los afectados tienen derecho a una devolución de parte o todo del billete en función de la duración.
  • En cualquier caso, la organización reclama a Renfe que se avise con premura de cualquier incidencia directamente a los afectados.
  • OCU ofrece a los afectados una calculadora online para consultar si se tiene derecho al reembolso o una indemnización y por qué importe.

 

Ante la huelga de 24 horas convocada para el jueves 29 por el sindicato de maquinistas SEMAF sobre toda la red de Renfe, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda los derechos de los pasajeros.

En caso de cancelación del viaje y salvo causa de fuerza mayor (que no aplica para una huelga de personal), la empresa ferroviaria es responsable frente al pasajero conforme al artículo 88.2 del RD 2387/2004. Empezando por la obligación de devolver el precio pagado por el billete. Y si la empresa no avisó con una antelación de al menos 48 horas, el pasajero podrá exigir en su lugar un transporte alternativo.

 

 

Además, si el pasajero no fue informado expresamente de la cancelación con al menos cuatro horas de anticipación a la salida del tren, tendrá derecho a una indemnización consistente en el doble del importe del título de transporte, salvo que se trate un trayecto de Cercanías. En este caso el Reglamento europeo no contempla indemnizaciones económicas automáticas.

 

Si en vez de una cancelación, lo que se produce es un retraso igual o superior a 60 minutos en un tren de Alta Velocidad o Media Distancia, el pasajero también tiene derecho a solicitar el reembolso, un transporte alternativo lo antes posible o la posibilidad de realizar el viaje en fecha posterior que convenga al viajero, según el art. 18 del Reglamento (UE) 2021/782. Así como a una indemnización: los importes mínimos del Reglamento europeo son del 25% del precio del billete para retrasos de entre 60 y 119 minutos, y del 50% para retrasos iguales o superiores a 120 minutos.

 

En cualquier caso, OCU reclama a Renfe que se avise lo antes posible de cualquier incidencia directamente a los afectados, utilizando para ello la forma de contacto que el cliente hubiera aportado para adquirir el billete.

 

 

Además, el viajero podrá reclamar daños y perjuicios derivados de la cancelación del viaje o de su retraso, siempre que pueda justificarlos documentalmente. Por eso OCU aconseja a los pasajeros afectados que conserven copia de los tiques o facturas de los gastos en los que incurran por culpa del retraso o la cancelación. Para ayudar a los pasajeros afectados a conocer el importe de las indemnizaciones que contempla la normativa cuando se produce una cancelación o un retraso, OCU anima a consultar su calculadora.

 

OCU sigue insistiendo en la necesidad de regular el derecho de huelga y adecuarlo a la realidad actual para que los trabajadores puedan recurrir a esta medida de presión sin lesionar los derechos de otros consumidores (especialmente en servicios de interés general) y más, si cabe, en momentos de alta demanda.

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de profesionales de OCU que, en colaboración con otras organizaciones de consumidores miembros de Euroconsumers y una red de laboratorios certificados, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan más de 160.000 socios activos y 1.590.000 simpatizantes.

 

Para más información (medios de comunicación) Teléfono: 91 300 90 04 / 666 576 730 / prensa@ocu.org