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OCU reclama a la CNMC sanciones firmes contra Factor Energía
18 feb. 2026La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) celebra la imposición de medidas contra Factor Energía por parte de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) para evitar que sus usuarios se vean afectados por prácticas comerciales engañosas en el mercado eléctrico y del gas. Pero echa en falta sanciones contundentes contra las irregularidades detectadas, ya denunciadas por OCU desde 2024.
En julio de ese año, OCU presentó una primera denuncia ante la CNMC tras detectar un notable incremento de llamadas comerciales irregulares relacionadas con Factor Energía. Entre los casos más graves figuraba la actividad de consultoras contratadas por esta empresa que utilizaban datos personales de numerosos usuarios —incluyendo, en ocasiones, cuentas bancarias o números CUPS— para gestionar cambios de tarifa o incluso cambios de compañía sin la adecuada información ni consentimiento.
Solo en un mes, OCU recibió 122 denuncias contra esta consultora a través de su plataforma Reclamar, donde los afectados detallaban cómo los agentes se hacían pasar por personal de la comercializadora habitual del consumidor (Iberdrola, Naturgy, Endesa…). La trampa se descubría al final del proceso, cuando el usuario recibía un SMS con un enlace a una web cambiante que formalizaba un contrato no solicitado. La falta de transparencia, la ausencia de documentos contractuales y el uso de argumentos falsos, como supuestos descuentos o actualizaciones obligatorias de datos, formaban parte del patrón detectado.
La reciente decisión jurídicamente vinculante de la CNMC refuerza estas sospechas. Según la autoridad reguladora, Factor Energía, con apenas un 1 % de cuota de mercado, concentró el 61 % de las denuncias por prácticas comerciales engañosas entre enero de 2023 y agosto de 2025. Además, la tasa de rescisión anticipada de sus contratos supera ampliamente la media del sector, un indicador claro de descontento y de captación poco transparente.
Las medidas impuestas buscan corregir estas prácticas y proteger a los consumidores. Entre ellas destacan la obligación de reforzar la identificación clara de quien realiza la llamada y de la empresa en nombre de la que actúa; y la llamada de teléfono deberá incluir una pregunta al consumidor para que describa cómo ha dado el consentimiento para hacer esa llamada; y la obligación de ofrecer información suficiente y comprensible antes de formalizar cualquier contratación. Asimismo, se establece un sistema de supervisión continua de la actividad comercial de los agentes de venta, mediante indicadores periódicos que la empresa deberá remitir a la CNMC.
Aunque estas medidas no introducen nuevas obligaciones legales, sí refuerzan las ya existentes ante la persistencia de irregularidades perjudiciales para miles de usuarios. OCU valora positivamente la decisión de la CNMC, pero considera que, dado el volumen de denuncias, la reiteración de conductas y el elevado impacto en personas vulnerables o mal informadas, es imprescindible que el expediente ya abierto en 2024 concluya con sanciones ejemplares.
Esta información ha sido elaborada por un equipo de abogados, economistas, estadísticos, ingenieros, profesionales de la salud y la alimentación, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con otras organizaciones europeas de consumidores y una red de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus 180.000 socios activos.
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