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OCU en Sevilla obtiene un nuevo éxito judicial contra la tarjeta Carrefour Pass

01 ago. 2024
  • Una sentencia firme del Juzgado de Lora del Río obliga a Servicios Financieros Carrefour a devolver al cliente todos los intereses pagados.
  • La sentencia considera nula por falta de transparencia la cláusula de intereses del contrato.

Los Servicios Jurídicos de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) en Sevilla han obtenido una relevante sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Lora del Río, anulando los intereses de una tarjeta revolving Carrefour Pass por considerarlos abusivos por falta de transparencia, tal y como pedía el demandante.

 

Como consecuencia de lo anterior, se condena a la devolución de las cantidades indebidamente cobradas a la parte actora en aplicación de esa cláusula de intereses. Es decir, S.F. Carrefour ha tenido que reintegrar todo lo abonado en concepto de intereses por el prestatario a lo largo de la vida de la tarjeta, durante 21 años.

 

Para fundamentar esta decisión la sentencia considera que el modo de redacción de la cláusula en la que se alude a los intereses remuneratorios hace realmente complejo entender las consecuencias jurídicas y económicas del mismo por parte de un consumidor medio.

 

De este modo, considera que las condiciones generales de ese contrato de adhesión, no permiten conocer la carga económica que supone para un consumidor medio la utilización de la modalidad revolving, ni llegar a saber, de forma clara, precisa y concreta, qué cantidad pueden reflejar los intereses remuneratorios cuando se utiliza la tarjeta con dicho sistema revolving. Esto supone que la cláusula no supera el control de incorporación, ni el segundo control de transparencia, siendo nula de pleno derecho, y debiendo tenerse por no puesta.

 

En tal sentido, hay que recordar que las tarjetas revolving incorporan un sistema de capitalización de intereses que puede llevar a un efecto “bola de nieve” que hace que su amortización se eternice para el prestatario.

 

La consecuencia de esa nulidad es la obligación de Servicios Financieros Carrefour de devolver al demandante las cantidades que, en su caso, hubiere percibido en aplicación de la antedicha cláusula, lo que ha supuesto la anulación de la deuda pendiente y la devolución de una cantidad superior a los 8.200 euros.

 

OCU anima a los afectados por este tipo de tarjetas revolving afectadas de falta de transparencia a demandar para la defensa de sus derechos e intereses.

 

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de economistas, abogados, estadísticos, ingenieros y editores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia y sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.