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OCU Andalucía pide ayudas públicas para retirar el amianto de viviendas particulares

29 nov. 2024
  • Desde 2023 es obligatorio que los ayuntamientos mantengan un censo de instalaciones e inmuebles con amianto en sus términos municipales.
  • Los altos costes de la retirada especializada llevan a muchos ciudadanos a deshacerse de los residuos sin control ni tratamiento adecuado.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se ha dirigido, a través de su Delegación en Andalucía, a la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente de la Junta, en demanda de ayudas para la retirada de amianto de viviendas particulares y comunidades de vecinos.

 

La Disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular establecía que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley (vencido el 10 de abril de 2023), los ayuntamientos elaborarían un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planificara su retirada. Sin embargo, en la actualidad, son muy escasos los ayuntamientos que cuentan con ese registro, el cual obliga a los titulares a desmontar y deshacerse de estas instalaciones (tejadillos y depósitos de uralita, p.ej.) a través de empresas especializadas en gestión de residuos peligrosos. Esto supone altos costes, que juegan un papel disuasorio a la hora de los titulares acceder a tales registros y hacer una gestión correcta.

 

Desde OCU se ha solicitado a la Consejería competente a -como ya se ha hecho en Cataluña o Extremadura- articular subvenciones y ayudas para que los particulares se puedan deshacer de estos materiales con un mínimo costo. Se trata, en definitiva, de garantizar la correcta gestión y eliminación de estos dañinos residuos cuando procedan de edificios de viviendas y casas y no estén adscritos a actividades económicas.

 

En la actualidad, en Andalucía solo se han previsto ayudas a la retirada del amianto cuando dicha retirada esté integrada en un proceso subvencionado de rehabilitación energética del edificio afectado, pero no en el resto de casos en el que los particulares quieren deshacerse responsablemente del material. Esta es una opción que se da en otras comunidades, siempre vinculadas a procesos de rehabilitación integral de edificios, pero que no da respuesta a actuaciones puntuales que pueden resultar muy onerosas para el ciudadano.

 

El problema es que, sin tales ayudas, los titulares de estas instalaciones van a seguir siendo remisos a su registro -cuando los citados registros estén habilitados- y pueden tender a deshacerse de las mismas sin control, ante el elevado coste de su correcta gestión por empresas de residuos peligrosos.

 

Hay que recordar que el peligro del amianto se produce cuando se rompe o se desmonta uno de los elementos que lo integran en su composición, porque es ahí cuando se liberan las fibras. La fibra de amianto es un material tóxico y al ser inhalado puede producir diversas enfermedades graves, como asbestosis (enfermedad pulmonar crónica que conduce al desarrollo de fibrosis alveolar, intersticial y pleural); cáncer de pulmón; mesolelioma (tumor maligno raro del mesotelio pleural o peritoneal) y otras. El riesgo depende sobre todo de factores como la concentración de fibras presentes en el aire; la duración y frecuencia de la exposición; el tamaño de las fibras inhaladas y el tiempo que ha pasado desde la exposición inicial.

 

Esta información ha sido elaborada por un de equipo profesionales de OCU que, en colaboración con otras asociaciones europeas de consumidores y una red internacional de laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia, sostenibilidad y transparencia, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 190.000 socios activos.

 

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