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La decisión del T.J. Unión Europea sobre el Banco Popular despoja a los afectados de su inversión

20 may. 2022
  • El pasado 5 de mayo se dictó la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por la que se exime al Banco Popular de indemnizar a los accionistas afectados por su resolución.
  • La Organización de Consumidores y Usuarios considera lamentable que la justicia europea libre al Banco Santander de pagar todas las indemnizaciones pendientes en los juzgados y avale que los pequeños inversores soporten con sus ahorros las pérdidas en procesos de resolución.
  • OCU ha conseguido recuperar para sus socios 1,5 millones de euros. De los 93 millones reclamados judicialmente, 4,5 millones se han reconocido en sentencias de primera instancia, aunque se encuentran en fase de recurso.

 

El pasado 5 de mayo se dictó la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea por la que se resolvía una cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de A Coruña en 2020.

 

La Sentencia que no puede ser más nefasta, priva a la gran parte de los accionistas afectados de poder recuperar su inversión, en base a una Directiva europea que establece que quienes adquirieron sus acciones antes del inicio de un procedimiento de disolución no pueden después presentar demandas de resarcimiento frente a la entidad emisora o a la entidad resultante de una fusión posterior.

 

El ultraje de Europa al bolsillo de nuestros pequeños inversores en favor de las arcas del Banco Santander es cuanto menos intolerable.

 

El Banco Popular fue el primer banco que entró en resolución en Europa, y los ahorradores afectados se tuvieron que dedicar a reclamar judicialmente su inversión, despojando así de sus ahorros a 350.000 inversores.

 

La Sala Tercera del TJUE que se ha limitado a reproducir la opinión del Abogado General, haciendo caso omiso a las alegaciones presentadas por otras partes interesadas como OCU, ha tumbado todos los procedimientos en curso que a día de hoy no tengan sentencia firme.

 

OCU espera que los Tribunales españoles tengan en cuenta que esta circunstancia sobrevenida es ajena a la voluntad de los inversores de tal forma que el fin inesperado de estos procesos no suponga un daño añadido con la imposición de costas.

 

Para la Organización, esta expropiación de ahorros es intolerable y echa por tierra todo el trabajo que lleva realizando durante estos cinco años, por todos los inversores afectados, en general, y en particular por sus socios, para los que ha reclamado judicialmente más de 93 millones euros y de los que solo se podrán recuperar los 1,5 millones de euros que constan en sentencia firme.

 

 

 

Esta información ha sido elaborada por un equipo de ingenieros, economistas, abogados, estadísticos, editores y diseñadores de OCU que, en colaboración con laboratorios independientes, analizan desde 1975 los principales productos y servicios de consumo. Su trabajo se sustenta en los principios de ahorro, calidad, eficiencia y sostenibilidad, pero sobre todo en la independencia que le proporcionan sus más de 200.000 socios activos.

 

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