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OCU denuncia: dos de cada tres llamadas comerciales son de empresas no identificables

23 mar. 2022
  • Un estudio de OCU revela que en un 66% de los casos no es posible volver a contactar con el teleoperador, ya sea para conocer la oferta comercial o para solicitar que no vuelvan a llamar.
  • Pero incluso cuando se consigue hablar con un teleoperador es muy difícil dar de baja los datos personales del consumidor: solo se consiguió en un 10% de las llamadas.
  •  La opacidad en las llamadas y las dificultades para darse de baja suponen un claro incumplimiento de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, denuncia OCU.
  • Los principales problemas se observaron con llamadas de empresas de telecomunicaciones, lo que desacredita su reciente código ético.

Un estudio de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) sobre 212 números fijos y móviles empleados para realizar ofertas comerciales revela graves irregularidades a la hora de identificar luego a las empresas cuando se devuelve la llamada. Pero también entre las empresas que se identifican y responden, en este caso por las dificultades para darse de baja de sus bases de datos.

 

OCU denuncia que en un 66% de los casos no es posible volver a contactar con el teleoperador, ya sea para conocer la oferta comercial o para solicitar que no vuelvan a llamarle. Lo más frecuente es que salte un mensaje del operador telefónico informando de diferentes circunstancias: “la línea no existe”, “esta línea tiene restringidas las llamadas”, “número desconocido”, etc. En otras ocasiones no hay tono de llamada, se corta o no deja de comunicar. O bien salta   un hilo musical o un “todos nuestros operadores están ocupados”. El caso es que, aunque el usuario cuenta con el número de la llamada recibida, no tiene forma de hablar con nadie, lo que en la práctica impide la identificación de la empresa que se puso en contacto con él, incumpliendo los requisitos que exige la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU).

 

Pero es que incluso cuando se consigue hablar con un teleoperador es muy difícil dar de baja los datos personales del consumidor. Aun tratándose de un derecho igualmente contemplado por la LGDCU, solo se consiguió realizar de forma inequívoca en un 10% de las llamadas realizadas. En el resto, o bien se dieron excusas, se colgó sin más explicaciones o el resultado de la petición fue dudoso, con un “tomamos nota” del que no se recibió confirmación alguna, o con soluciones parciales o indirectas, como señalar un enlace a su política de privacidad.

 

En un caso como en otro, los principales problemas se observaron con llamadas de empresas de telecomunicaciones, lo que desacredita su reciente código ético para evitar las malas prácticas en la venta por teléfono. Según el estudio realizado por OCU, la mitad de las 212 llamadas recogidas para realizar el estudio correspondían a este tipo de empresas. Y apenas el 1% facilitaron claramente la baja de los datos del usuario.

 

OCU solicita al Ministerio de Consumo que la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que garantice el derecho del consumidor para identificar de forma sencilla a la empresa que le contacta, lo mismo que su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición a sus datos en el mismo canal telefónico. Es más, dadas las quejas de los usuarios sobre la frecuencia de las llamadas, OCU considera que deberían limitarse de alguna forma, incluidas las que se realizan desde números extranjeros, cada vez más habituales.  

 

 

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