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OCU denuncia que el Banco de España permita el cobro de comisiones por retirada de efectivo

10 feb. 2022
  • BBVA cobra a sus clientes una comisión de dos euros por retirada de efectivo en ventanilla por importes inferiores a 2000 euros; y CaixaBank limita a cuatro las operaciones mensuales en ventanilla gratuitas.
  • El Banco de España, apartándose del criterio que mantenía con anterioridad avala ahora estos cobros y solo exige que se ofrezca una alternativa gratuita, accesible y segura, teniendo en cuenta las circunstancias de cada colectivo.
  • OCU advierte que para muchos mayores y personas con dificultades visuales el acceso a los medios digitales es muy complicada; son usuarios vulnerables que debería gozar de una especial protección.
  • OCU denuncia además que se trata de una doble comisión, puesto que ya se cobra otra por el servicio de caja. De hecho, una sentencia de un juzgado de lo Mercantil de Vitoria considera que dicha comisión es nula por abusiva y contraria a derecho. OCU anima a los afectados a reclamar.

Desde enero de 2021 BBVA cobra a sus clientes una comisión de dos euros por las retiradas de efectivo en ventanilla por importes inferiores a 2.000 euros, mientras que Caixabank ya limita a cuatro el número de operaciones gratuitas que pueden realizarse al mes por ventanilla, advierte la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU). 

Las nuevas comisiones en ventanilla de los bancos responden a una política de ahorro de recursos a costa de la accesibilidad de los usuarios, denuncia OCU, que lamenta la reciente declaración del Banco de España avalando estas prácticas. Y es que esta institución establece como buen criterio que las entidades “deben poner a disposición de sus clientes al menos un medio gratuito, accesible y seguro, teniendo en cuenta las circunstancias particulares de cada colectivo”; pero sin especificarlas, advierte OCU.

Es más, OCU denuncia que se trata de una doble comisión, puesto que ya se cobra otra por el servicio de caja, ya remunerado a través de la comisión de mantenimiento de la cuenta. De hecho, una sentencia de un juzgado de lo Mercantil No 1 de Vitoria, a instancias de EKA/ACUV, considera que dicha comisión es nula por abusiva ya que va en contra de las exigencias de la buena fe y causa en perjuicio del consumidor un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes en el contrato y limita los derechos de los consumidores más vulnerables. 

OCU anima a los afectados a reclamar ante el servicio de atención al cliente de la entidad, con más motivo si cabe cuando se trate de personas de colectivos vulnerables, como muchos mayores y personas con dificultades visuales, de movilidad o cognitivas con serios de problemas de accesibilidad a los medios digitales, como puede ser un cajero.  

OCU lleva tiempo denunciando este tipo de prácticas que conllevan la exclusión financiera que los colectivos más vulnerables, que deberían gozar de especial protección. Por ello vuelve a solicitar al Gobierno que el servicio bancario físico se considere como “servicio básico y universal” y que garantice que llega a toda la población, igual que las telecomunicaciones o Correos.

Mientras tanto, OCU recomienda a los clientes afectados que valoren la posibilidad de cambiar de banco. A través del comparador de cuentas corrientes puede conocerse la entidad que mejor se adapta al perfil de cada consumidor.

Más información en este enlace.

 

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