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Consejos prácticos de OCU antes de vender piezas de oro

25 may. 2020
  • La Organización de Consumidores y Usuarios pone a su disposición una calculadora de conversión de oro (o plata) a euros
  • Es importante saber identificar las piezas antes de venderlas
  • OCU recuerda que la venta de estos objetos está sujeta a tributación

En épocas de crisis, puede que el consumidor se vea en la necesidad de recurrir a la venta de objetos de oro o plata para afrontar gastos de primera necesidad. Para ello, OCU pone a su disposición una serie de consejos prácticos que ayudarán al consumidor interesado a realizar la venta de este metal con seguridad.

 

Al igual que otros metales, el oro también se negocia en diversos mercados. De las transacciones que se realizan en ellos resulta el precio internacional del oro puro en dólares USD por onza.  Si bien, a efectos prácticos, la clave es el precio en euros por gramo.

 

La Organización explica que el valor de una pieza de oro se determina en función de su peso y número de quilates, lo que debe ir marcado en la pieza junto a la identificación de su autenticidad. P.ej. la joyería española presenta una marca de 3 cifras que indica las milésimas de oro (999 equivaldría a 24 quilates; 916 a 22 quilates, etc.…) y un código de 3 cifras y 2 letras del fabricante. Un menor número de quilates significa una menor pureza, por lo que el valor será menor que el de oro de alta pureza.

 

Por lo tanto, para conocer el precio del metal amarillo, OCU recomienda:

 

1º) Visitar el conversor de OCU:

https://www.ocu.org/inversiones/calculadoras/gold-calculator.

 

2º) Introducir el peso determinado

 

3º) Introducir su número de quilates

 

El importe que se obtenga será el valor calculado, según el precio de referencia mayorista del mercado de Londres.

 

Con el resultado de la calculadora de OCU se podrá valorar si el precio que ofrecen al consumidor está por debajo del real. Comprobar el dicho valor es esencial, ya que, lamentablemente, abundan los intermediarios poco escrupulosos que ofrecen precios muy por debajo de los del mercado.

 

Por último, OCU recuerda que estas transacciones no están exentas de tributación. A la hora de rendir cuentas a Hacienda, las ganancias o pérdidas que se obtengan por la venta de oro físico se han de declarar en el IRPF como ganancias de patrimonio. Dicha ganancia se calcula por la diferencia entre el precio de compra y el de venta, teniendo en cuenta los gastos aplicables a la operación.

 

Más información: https://www.ocu.org/inversiones

 

Para más información (medios de comunicación): Teléfono: 91 722 60 61 – prensa@ocu.org www.ocu.org

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