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Movilidad, consumo sostenible y RSE

Aumentan exponencialmente las multas en las ciudades en el último año, especialmente en Madrid

04 may. 2017
OCU exige que las alegaciones no anulen el derecho al descuento por pronto pago 

OCU ha realizado recientemente un estudio sobre multas de tráfico municipales de los ayuntamientos de Madrid, Barcelona y Valencia. El estudio se publica en la revista Dinero y Derechos del mes de mayo/junio. 

 

En opinión de OCU, es sorprendente tanto el incremento de multas en la capital como el número de multas por habitante (conduzca o no), si se compara con otras ciudades como Barcelona o Valencia. El año pasado,  el número de multas de tráfico aumentó un 27% en Madrid y hubo 0.85 multas por habitante frente al 0.33 de Barcelona.

 

Las multas más frecuentes en Madrid son las de aparcamiento, una de cada dos multas es por este concepto, llegando casi al millón de multas anuales. Mientras que las sanciones, donde se ha observado un mayor incremento durante el último año, son aquellas directamente relacionadas con la presencia de cámaras o radares de control, es decir, multas por circular en una zona restringida a residentes, por rebasar un semáforo en rojo y por exceso de velocidad. Con unos incrementos del 104%, 98% y 55% respectivamente. 

 

Para OCU resulta también curiosa la estacionalidad diferente según años, por ejemplo durante 2016 las multas aumentaron considerablemente en primavera y otoño mientras que en el 2015 el incremento se produjo en los últimos meses del año, coincidiendo con el cierre fiscal. A OCU le llama la atención además el superávit generalizado respecto a las estimaciones iniciales en todos los ayuntamientos analizados, en Madrid supuso un 65%, en Barcelona un 28% y en Valencia un 85%.

 

Según los datos de la encuesta de OCU, sólo un 14% de las personas que reciben una sanción decide recurrir la misma, la respuesta a su recurso se suele demorar entre 1 y 4 meses y sólo un 30% gana la reclamación.

 

OCU considera que la situación actual ante una sanción es muy desalentadora para el consumidor y que sólo se encuentran obstáculos. Además, el hecho de que aceptar la reducción por pronto pago – un 50% del importe – anule cualquier posibilidad de presentar alegaciones también desincentiva a los consumidores, que se ven “forzados” a aceptar la sanción para evitar acabar pagando un importe muy superior ante las escasas probabilidades de éxito de su reclamación. De hecho desde el 2010, cuando la reducción por pronto pago pasó del 30% al 50%, los pagos se han incrementado un 27%. Adjuntamos tabla.

Además, el conductor no lo tiene fácil a la hora de demostrar su versión de los hechos, la policía municipal goza de presunción de veracidad y también muchos tribunales dan la razón a los controladores de aparcamientos regulados frente a un consumidor. Las respuestas a las alegaciones suelen ser contestadas rutinariamente y de forma estandarizada, ignorando en muchos casos los argumentos presentados. Y si finalmente el conductor optase por la vía judicial los honorarios de abogado y, si es necesario, procurador suelen superar el importe de la multa. 

 

En definitiva, se trata de un procedimiento incomodo, laborioso y donde se desincentiva claramente a los conductores para ejercer su derecho a reclamar. Por lo que OCU demanda que:

 

- Se puedan recurrir las multas de tráfico en la vía contencioso administrativa sin necesidad de abogado y procurador.

 

- Que al alegar no se pierda el derecho al descuento 50% por pronto pago. Por lo que el ciudadano abone la mitad de la multa y abonaría el resto, en el caso de que haya una sentencia desfavorable. 

 

 

Para más información (medios de comunicación): Teléfono: 91 722 60 61 -  prensa@ocu.org www.ocu.org 

 

 

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