#content#
OCU lanza una campaña para los afectados por las cancelaciones de Ryanair
04 oct. 2017Tras las cancelaciones de vuelos por parte de Ryanair, OCU lanza una campaña dirigida a los afectados que, aun correspondiéndoles, no hayan recibido ninguna indemnización por parte de la compañía aérea. La campaña, que ya está en marcha a través de la página web de OCU www.ocu.org/movilizate, ofrece a los afectados la posibilidad de recibir ayuda, información, y los medios necesarios para poder reclamar sus derechos.
La Organización de Consumidores y Usuarios ha lanzado esta campaña tras comprobar que la compañía no está respetando el artículo 5 de la normativa europea, que establece que los pasajeros tienen derecho a una compensación por parte de la compañía si no se cumplen una serie de requisitos, como que la aerolínea informe previamente de la cancelación al pasajero de forma fehaciente.
OCU recuerda que el pasado 18 de septiembre, tras conocerse las cancelaciones, la Organización envió, junto con otras Organizaciones de Consumidores hermanas en Portugal, Italia y Bélgica, una carta a Ryanair en la que advertía a la compañía de que, ante la masiva cancelación de vuelos en Europa, debía cumplir el reglamento europeo 261/2004 referente a esta materia.
OCU apoya además la decisión de AESA, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea y la autoridad en la materia, de expedientar a Ryanair, y exige que se garantice el cumplimiento efectivo de las obligaciones de las compañías aéreas para con los consumidores, en especial del pago de las compensaciones que establece el Reglamento Europeo para los pasajeros afectados por retrasos y cancelaciones.
¿Qué usuarios pueden reclamar?
OCU recuerda que el usuario deberá tener en cuenta los plazos de cancelación a la hora de reclamar una indemnización. Si la cancelación se realiza para un viaje programado para dentro de dos semanas o más, la compañía está únicamente obligada a reembolsar el importe; y si se notificase al consumidor con una antelación de entre 14 y 7 días, Ryanair también deberá ofrecer una opción de transporte alternativo.
En el caso de que la aerolínea no cumpliese con estas obligaciones, el usuario podrá reclamar una compensación a la compañía, que será de 250 euros si la distancia recorrida por el vuelo es de hasta 1.500 kilómetros; de 400 euros si se trata de un viaje intra-comunitario de 1.500 km o de hasta 3.500 a nivel global; y de 600 euros en el caso de trayectos de más de 3.500 km.
Para comprobar cada caso, OCU pone a disposición una calculadora que permite al usuario conocer la cantidad que le corresponde según cada caso.
En caso de ser denegada o ignorada, OCU anima a los afectados a reclamar, no sólo el importe del billete, sino otros daños causados por la cancelación u otros servicios que tuvieras contratados en el viaje. OCU recuerda que, si el importe de lo que se reclama no llega a 2.000 euros, no es necesario ir a juicio con abogado y procurador y se puede plantear una demanda de juicio verbal.
Para más información (medios de comunicación) Eva Jiménez Tfno. 917226061 prensa@ocu.org