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Fiscalidad del Ahorro

OCU ofrece a los consumidores claves para ahorrar en el próximo IRPF

22 nov. 2016

OCU señala que hay multitud de gastos que pueden traducirse en un recorte del IRPF, siempre que se cumplan ciertos requisitos y se conserve la factura. Para ello, OCU aconseja a los consumidores revisar las deducciones autonómicas a las que tiene derecho (pueden encontrarlas actualizadas en www.ocu.org/renta). Según dónde vivan, es posible que puedan deducir por la guardería de sus hijos, la ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, el alquiler, etc. Los resultados de este estudio se publican en OCU Dinero y Derechos de noviembre/diciembre. 

En el caso de los alquileres, OCU recuerda a los consumidores que, si son propietarios de un inmueble y lo alquilan, pueden deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad... OCU señala que este tipo de gastos se pueden restar sin límite y dar lugar a un rendimiento negativo. También podrían descontar los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble; pero en este caso, si estos gastos superan el importe de los ingresos del alquiler del inmueble, el exceso se deduce del alquiler obtenido por el mismo inmueble y con el mismo límite, en los cuatro años siguientes.

OCU recuerda a los consumidores que, si compraron su casa antes del 1 de enero de 2013, tienen derecho a la deducción por compra de vivienda habitual, que ha sido suprimida para las compras hechas a partir de entonces. Se deduce el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre una base máxima de 9.040 euros por declaración. Es decir, que como mucho, podrán deducirse 1.356 euros por declaración. 

Para los casos en que se pague menos de 9.040 euros anuales de préstamo, o de 18.080 si el pago es con el cónyuge y se declara por separado, OCU aconseja que se amortice por anticipado una cantidad que haga llegar hasta ese límite y así se aproveche íntegramente la deducción. 

OCU señala que lo mejor es hacer cálculos orientativos de antemano. Si Hacienda no ofrece el simulador virtual de fin de año (como ocurrió por primera vez el año pasado), los consumidores pueden hacerse una idea con el último programa PADRE. 

En relación a los mayores, OCU recuerda que la ganancia obtenida con la venta de la vivienda habitual está libre de IRPF si el vendedor tiene 65 años cumplidos. OCU aconseja por tanto a los consumidores que todavía no hayan cumplido esta edad, pero estén cerca, que esperen algo más: si se trata de un cotitular junto a su cónyuge, ambos deben tener 65 años para que toda la ganancia quede exenta; mientras que si sólo uno los tiene, solo quedará exenta la mitad de la ganancia. A estos efectos, se considera vivienda habitual aquella en la que se residen al menos tres años seguidos y pasado ese tiempo el propietario puede mudarse a otra casa o a una residencia sin que la antigua vivienda pierda la condición de habitual durante los primeros dos años. Si la casa es vendida pasado ese plazo, tendrá que tributar por la ganancia. 

En cuanto a las donaciones, OCU señala que en 2016 hacer donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permite deducir más que el año pasado: un 75% sobre los primeros 150 euros y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad. Además, si este año es el tercero que dona a la misma entidad y cada año su donación ha sido igual o superior a la del anterior, no se aplica el 30% sino el 35%. 

Por último, en cuanto a los gastos deducibles, OCU aconseja a los consumidores comprobar si están haciendo gastos deducibles y guardar los justificantes. Entre estos gastos, se encuentran algunos destacados como la ayuda doméstica, los gastos educativos, la defensa jurídica laboral, enfermedades, guardería, inversión y alquiler de vivienda, donaciones, abono transporte público, el ahorro de energía o agua o las nuevas tecnologías.

OCU pone a disposición de los usuarios en su página web toda la información disponible http://www.ocu.org/  para que puedan informarse de forma gratuita de todos los aspectos relacionados. 

Para más información (medios de comunicación) Eva Jiménez Tfno. 917226061 prensa@ocu.org 

OCU es una organización sin ánimo de lucro e independiente, gracias al apoyo de sus más de 300.000 socios. Como organización de consumidores, OCU tiene como objetivo contribuir e influenciar, para conseguir el bienestar común de todos los consumidores en España, con transparencia y ofreciendo contenidos e información cercanas y útiles que hacen posible que los consumidores se enfrenten a la contratación de servicios y adquisición de productos bien informados.