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OCU denuncia a las grandes compañías eléctricas por la confusión que generan entre los consumidores
19 oct. 2016OCU ha denunciado ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a las grandes compañías eléctricas por la confusión que generan entre los consumidores al no separar de forma clara las actividades reguladas de las que ejercen en el mercado libre. Esta confusión está prohibida expresamente por la ley del sector eléctrico y su efecto causa un perjuicio notable a los consumidores que en su gran mayoría desconocen con quien están contratando la electricidad.
OCU recuerda que la ley del sector eléctrico prohíbe a las empresas que desarrollan a la vez actividades reguladas (distribución y comercializadoras de referencia) y actividades liberalizadas (comercialización en el mercado libre) crear confusión en la presentación de su marca y la información que ofrecen a los consumidores. La norma obliga a establecer una separación clara entre las comercializadoras de referencia, que tienen obligación de suministrar a los consumidores la tarifa regulada Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor o PVPC, de las comercializadoras pertenecientes a ese mismo grupo, pero que ofrecen la electricidad en el mercado libre.
Sin embargo, aunque la Ley es clara en esta materia, OCU denuncia que la realidad es bien distinta para los consumidores. Los grupos de electricidad Endesa, Iberdrola, Gas Natural Fenosa, EDP y Viesgo incumplen claramente la ley y presentan una información confusa en aspectos básicos para los consumidores como son, el nombre comercial de las compañías, las páginas web y logos corporativos que son prácticamente idénticos. Además estas compañías comparten los e-mails de contacto con los clientes e incluso en algunos casos como Iberdrola tienen el mismo teléfono de atención al cliente.
Para OCU los efectos que provoca esta confusión en la identidad de las empresas que prestan el suministro de electricidad son claros. La mayoría de los consumidores desconoce exactamente cuál es su comercializadora más allá del grupo al que pertenece, y con ello desconoce un hecho fundamental, cuál es su tarifa y las condiciones comerciales que le son aplicables. Esta situación provocada por la confusión que generan las propias compañías es terreno abonado para los abusos contras los consumidores.
OCU también denuncia que la confusión entre las empresas del mismo grupo daña la exigua competencia en el mercado de la electricidad ya que la similitud de nombres y marcas afecta también a las distribuidoras de electricidad. Las comercializadoras de estos grupos, tienen una importante ventaja competitiva al mantener el nombre y marca del grupo distribuidor que tradicionalmente ha dado el servicio al consumidor. Los nuevos comercializadores tienen una importante barrera ante esta situación. Los datos de la CNMC ponen de manifiesto que la gran mayoría de los cambios de comercializador se producen dentro del mismo grupo, EDP 95%, Endesa 82%, Iberdrola 81% y muy en particular hacia la filial que opera en el mercado libre. Para OCU estos datos son un claro ejemplo de que la confusión de marca entre las empresas integradas verticalmente constituye una barrera de entrada a nuevos operadores en el mercado eléctrico y facilita la actividad comercial de las filiales en el mercado libre.
OCU recuerda que la normativa del sector eléctrico califica como grave esta infracción y establece sanciones que van de 600.000 a 6.000.000 de euros, por lo que pide a la CNMC que aplique lo dispuesto en la Ley para impedir la confusión de marca entre las empresas del mismo grupo y evite el perjuicio que esta situación provoca sobre el nivel de competencia del mercado eléctrico y por extensión en los consumidores.
Para más información (medios de comunicación) Eva Jiménez Tfno. 917226061 prensa@ocu.org