Retrasar la jubilación tiene premio

La jubilación vo-luntaria demorada es la posibilidad reconocida a los trabajadores de, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación, prolongar su vida laboral, pudiendo acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación.
La jubilación voluntaria demorada
Voy a cumplir la edad ordinaria de jubilación, pero estoy satisfecho con mi trabajo por cuenta ajena y tengo intención de continuar en mi puesto laboral tras cumplir la edad ordinaria de jubilación. ¿Tengo alguna ventaja por ello ?
Con carácter general, la jubilación voluntaria demorada es la posibilidad reconocida a los trabajadores (por cuenta propia o ajena) de, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación, prolongar su vida laboral, pudiendo acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación. Para ello, el trabajador debe haber cotizado como mínimo 15 años a la Seguridad Social y tener cumplida la edad mínima de jubilación ordinaria para el año en curso.
Complemento a su pensión
Un porcentaje adicional de un 4% por cada año completo cotizado entre el día que cumpla la edad ordinaria de jubilación y la fecha en la que se jubile. A partir del segundo año completo de demora, para el cálculo del porcentaje se podrán computar periodos superiores a 6 meses e inferiores a un año, correspondiendo a cada uno de estos periodos un 2% adicional. P.ej. retrasar 2 años y 7 meses la jubilación supondría una aumento del 10% (4%+4%+2%) y para 3 años sería del 12% (4%+4% +2%+2%).
Eso sí, en caso de superar la pensión máxima no cobrará una pensión mayor por demorar su jubilación y no le quedará otra que optar por el pago de la cantidad a tanto alzado (calculada sobre la pensión máxima) como explicamos a continuación.
Una cantidad a tanto alzado por cada año de demora (de pago único), cuya cuantía varía en función de su pensión inicial y de los años cotizados entre su edad de jubilación ordinaria y la fecha en que se jubile (a partir del segundo año, se reconoce una cantidad adicional por cada periodo superior a 6 meses adicionales cotizados).
Una opción mixta, combinación de las opciones anteriores, pero solo cuando haya demorado su jubilación al menos dos años.
¿Cuál elijo?
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