Conozca en qué casos se puede recuperar la vivienda alquilada.
Publicado el 11 abril 2023
Tiempo de lectura: ##TIME## min.
Compartir este artículo
Conozca en qué casos se puede recuperar la vivienda alquilada.
Hay casos donde se puede poner fin al alquiler y disponer de nuevo de la vivienda. Vea en cuáles y cómo hacerlo.
Evitar la prórroga del alquiler
En contratos de alquiler donde el arrendador es una persona física, el arrendatario de la vivienda tiene derecho en principio a permanecer en ella hasta cinco años. Un plazo lo suficientemente amplio como para que el arrendador se vea en la necesidad de tener que recuperarla.
Para acceder al contenido completo haga clic en el botón siguiente.
Tome el control de sus inversiones con información y análisis financieros independientes y de confianza, diseñados para ayudarle a tomar decisiones bien informadas. Al suscribirse, recibirá 5 créditos GRATUITOS para acceder a:
Estrategia e información financiera independiente
Herramientas para lidiar con la volatilidad del mercado
Acceso a una cartera virtual con la que lograr el éxito a largo plazo
¡
En contratos de alquiler donde el arrendador es una persona física, el arrendatario de la vivienda tiene derecho en principio a permanecer en ella hasta cinco años. Un plazo lo suficientemente amplio como para que el arrendador se vea en la necesidad de tener que recuperarla. Algo que permite la legislación en el artículo 9.3 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), cuando existe esta necesidad, siempre que se cumplan ciertos requisitos: que haya transcurrido el primer año de contrato; que este señale expresamente la necesidad del arrendador de ocupar la vivienda para destinarla a vivienda permanente para sí o para familiares de primer grado de consanguinidad o por adopción, o para su cónyuge en caso de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial. Claro que, también existen casos de abuso por parte del arrendador, donde se ha comprobado que el motivo real era otro como: alquilar la vivienda por habitaciones o sencillamente ponerla a la venta.
• Alegar necesidad para terminar el alquiler, cuando en realidad hay otra causa puede tener consecuencias en forma de sanción como puede ver en www.ocu.org/fincas-y-casas; si bien, como señalan nuestros compañeros de OCU fincas y casas, a veces, la dificultad a la hora demostrar los abusos haga que algunos se queden sin sanción.
Consejos para hacer la comunicación
El arrendador debe comunicar al arrendatario que necesitará la vivienda dos meses antes de la fecha en que la vaya a necesitar. El arrendatario por su parte está obligado a entregarla en tal plazo, si no hay otro acuerdo distinto. La vivienda deberá estar ocupada por quien la necesitase en el plazo de tres meses.
• A la hora de hacer la comunicación los analistas de OCU fincas y casas recomiendan utilizar un medio por el que quede constancia – por burofax –, mencionando el motivo e incluyendo algún dato que haga ver al inquilino el fundamento de tal necesidad. Puede ver un modelo de escrito para comunicar al inquilino la necesidad de la vivienda en la web de Fincas y casas.