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¿Qué parte reservar a los planes?
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¿Cómo afectan los cambios legislativos que baraja el Gobierno a los autónomos y su pensión pública?
Por mucho que las entidades le tienten con el gancho de sus "beneficios fiscales", aportar a planes de pensiones no suele ser buena idea
Si éste es su caso, ándese ojo avizor ante los cambios que baraja el Gobierno. Le explicamos qué hacer.
Conozca la naturaleza de las quejas que los partícipes realizan sobre planes de pensiones ante el órgano supervisor.
Fiscalmente no interesa aportar a planes. Pero si los tiene, vea cómo declararlos y cómo ahorrar impuestos.
Uno no ha de jubilarse necesariamente a los 65 años de edad: puede retirarse antes, después, poco a poco... Eso sí, la pensión que cobre no será la misma en un caso u otro.
Respondemos a las preguntas más habituales de nuestros socios sobre planes de pensiones.
Los partícipes en paro que no reciban prestación alguna pueden ya rescatar sus planes de pensiones.
Si en su día ya contrató algún plan de pensiones, vaya adaptándolos de categoría conforme se vaya aproximando su jubilación.
Aportaciones y cobros: reglas para la declaración en el IRPF. Cómo ahorrar impuestos en el cobro.
Si usted es trabajador autónomo con menos de 50 años y quiere dejar cubiertoss a sus seres queridos en caso de que fallezca o se quede inválido, no se pierda nuestra propuesta.
¿Cuál es la base de cotización a la Seguridad Social aconsejable para preparar mejor su jubilación? Vea nuestros cálculos.
Cómo mejorar su plan si ya lo tiene; si no es el caso, existen alternativas mejores.
¿Está a punto de jubilarse y tiene un plan de pensiones? Vea si le interesa hacer una última aportación y ahorrarse en impuestos un buen puñado de euros.
Uno-e le tienta con un 8% TAE a cambio de que realice nuevas aportaciones a sus planes de pensiones o traspase a éstos los que ya tenga. ¿Interesa?
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