Si usted cobró dividendos de acciones compradas en la Bolsa de París, la Hacienda gala le habrá retenido un 25% sobre los mismos. Sin embargo, según el convenio fiscal firmado entre España y Francia para evitar la doble imposición, el impuesto máximo a pagar por los dividendos cobrados por un residente del otro país no puede ser superior al 15%. Por ello, usted tiene derecho a recuperar ese 10% que le han retenido de más. No obstante, le advertimos que, según nuestra experiencia, obtener dicha devolución es muy difícil cuando no imposible ya que exigen la certificación del intermediario francés, prácticamente imposible de conseguir. De todas formas, si la cuantía a devolver es importante, podría intentarlo.
Solicitar la devolución del exceso retenido
Puesto que el convenio firmado entre España y Francia no prevé ningún procedimiento para que un residente español pueda recuperar el exceso de retención, hemos de basarnos en la normativa francesa. Según ésta, el procedimiento habitual consiste en rellenar el formulario 5000 (vea a continuación) y enviarlo a la entidad que realizó la retención, esto es, a su custodio internacional. Sin embargo, para ello debemos contar con la intervención de nuestro intermediario en España. Por ello, antes de nada, lo más conveniente es que pregunte a su intermediario si se encarga o no de enviar el formulario al intermediario francés. Tenga en cuenta, en efecto, que en la práctica muchos intermediarios utilizan cuentas “ómnibus” para operar con los intermediarios en el extranjero, es decir, una cuenta global para todos sus clientes, lo que impide al cliente particular solicitar de manera individualizada la reducción de la retención al intermediario en el extranjero.
Así, en los casos en que existan cuentas individualizadas y por tanto la posibilidad de solicitar la reducción, pregunte a su intermediario qué comisiones le cobrará por dicho trámite, para ver si le compensa esta opción .
En caso contrario o si no consigue que su intermediario tramite la solicitud de devolución de la retención, no le quedará más remedio que realizar los trámites que le explicamos a continuación – solicitando la devolución directamente al Estado francés - si quiere recuperar un dinero que le corresponde y que perderá si no los realiza .
Primer paso: rellenar dos formularios
El formulario 5000-ES
Se trata de un certificado de residencia que consta de 3 copias que contienen la misma información (dos en castellano y una en francés). Deberá rellenar los apartados I, II, III, IV, V y VIII. En el apartado I deberá marcar la casilla “dividendos” y la de “proceso normal”. En el apartado II deberá indicar sus datos personales, en el III que usted es residente del Estado español, en el IV que la Administración de Hacienda es la española, indicando su NIF, el apartado V certifica el pago del dividendo y debe sellarlo su intermediario en España. En el apartado VIII deberá indicar los datos completos de la cuenta bancaria donde quiere que le realicen la devolución .
Una vez cumplimentado, deberá acudir a su delegación de Hacienda para que le sellen el apartado IV del formulario (de las tres copias), certificando así que su residencia fiscal se sitúa en España. Para ello, debe presentar en su delegación el modelo 01 de “Solicitud de certificados” (que puede adquirir allí mismo o descargárselo de la web de la agencia tributaria: www.aeat.es) junto con una fotocopia de su DNI.
Al cabo de unas dos semanas podrá ir a recoger el formulario 5000 con el sello correspondiente.
El formulario 5001-ES
“Liquidación de la retención a cuenta sobre dividendos. Anexo al formulario 5000” (consta de dos copias, una en castellano y otra en francés).
En la primera página deberá marcar la primera casilla, haciendo referencia al artículo 10 del convenio firmado entre Francia y España. En la segunda página deberá cumplimentar todos los datos relativos al pago de los dividendos (compañía que paga los dividendos, fecha de pago de los mismos…).
¡Atención! No se olvide de firmar cada una de las copias de uno y otro formulario.
Segundo paso: enviarlos al fisco francés
Una vez cumplimentados, deberá enviar los formularios (la copia en francés) adjuntando una copia del justificante del pago del dividendo a la siguiente dirección: Centre des impôts des non-résidents 10, rue du Centre, TSA 10 010, 93465 NOISY LE GRAND CEDEX, FRANCE.
A tener en cuenta
Según la normativa francesa, la solicitud de devolución debe llegar a la administración francesa antes del 31 de diciembre del segundo año siguiente al año en que se pagó la renta. Esto significa que puede agrupar en una sola solicitud la devolución del exceso cobrado de hasta 3 años.
Los formularios
Estos formularios no los facilita la Hacienda española. Para encontrarlos tiene que acudir a la página web de la Hacienda francesa: www.impots.gouv.fr. En la página principal hay un recuadro llamado “Recherche” (búsqueda). Introduciendo el número de formulario 5000 o 5001 aparecerán directamente en varios idiomas, y podrá seleccionarlos en castellano. No obstante, para que la descarga de estos formularios le resulte aún más sencilla, a continuación le proporcionamos, en formato pdf, los formularios necesarios así como las instrucciones para cumplimentarlos.