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Crédito Hipotecario
Los préstamos hipotecarios tienen un gran impacto sobre el presupuesto de los consumidores.
Por ello la OCU considera que, a pesar de las últimas modificaciones legislativas y jurisprudenciales operadas en este ámbito, aún quedan importantes mejoras que realizar.
El Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados debería calcularse en función del importe del préstamo, no de la responsabilidad hipotecaria, como sucede ahora. De hacerlo así, la transparencia sería mayor.
La normativa de protección al consumidor tendría que modificarse para que en la TAE se incluyan los costes de los productos que las entidades obligan a contratar con el préstamo. Aunque gracias a la última reforma operada por la directiva europea sobre crédito hipotecario se tendrán en cuenta intereses, comisiones, impuestos, coste de posibles intermediarios, tasación, seguros y otros gastos, siguen excluyéndose los gastos notariales.
La “cláusula suelo” debería erradicarse de todos los contratos. Bastantes entidades incluyen en sus contratos de préstamo hipotecario una cláusula que limita la bajada de los tipos de interés. Tras años de lucha, el Tribunal Supremo ha dado la razón a los consumidores afectados, y establece que, si no se ha informado con transparencia, esas cláusulas suelo son abusivas y como tales, deben anularse y quedar sin efecto. Como la mayoría de contratos incumple los requisitos de transparencia, prácticamente todos los consumidores tienen derecho a que les eliminen estas cláusulas de sus contratos, a que dejen de aplicárselas y a recuperar las cantidades cobradas indebidamente.