- Sala de prensa
- El Tribunal condena la gestión de Merrill Lynch
El Tribunal condena la gestión de Merrill Lynch
hace 16 años - lunes, 26 de marzo de 2007Merrill Lynch condenado a indemnizar
La Justicia condena al banco de negocios a indemnizar con más de 300.000 euros a dos clientes por las pérdidas sufridas tras la nefasta gestión del patrimonio confiado. De nada habían servido las reclamaciones ante la propia entidad y la CNMV.
La confianza en un gestor de patrimonios
En octubre de 1999 D. Luis, uno de nuestros socios, decidió confiar al banco de negocios norteamericano Merrill Lynch la gestión de una parte muy sustancial de su patrimonio (638.414 euros). La propuesta que le realizaron los agentes de dicha entidad - prudente y conservadora –, le auguraba un rendimiento cercano al 8%. La confianza era tal, que la familia decidió ingresar en la misma entidad financiera el equivalente de otros 240.000 euros, esta vez en una cuenta a nombre de la madre de D. Luis, Dª Ana. Desde el principio se estableció entre titulares y gestores una relación de confianza que puede calificarse de excesiva. Así, el contrato inicial con D. Luis fue firmado en blanco (sólo más tarde se añadiría el nombre del titular y la fecha), e incluso el de Dª Ana no fue firmado hasta febrero de 2000, cuando los primeros ingresos de efectivo se habían llevado a cabo en noviembre de 1999. Pero nadie desconfía de uno de los mayores bancos de negocios del mundo, y menos cuando los resultados son buenos. Así, en marzo de 2000, el valor de la cartera de D. Luis ascendía a 720.567 euros.
Gestión discrecional y temeraria
Cualquier inversor es consciente de los riesgos que conlleva invertir en bolsa y precisamente por ello, D. Luis, un dentista nada experto en inversiones, había confiado la gestión de su dinero a una entidad especializada. Por ello a partir de la crisis bursátil de marzo de 2000, no fue poca su sorpresa al observar cómo, a pesar del mandato de gestión cautelosa encomendado, las pérdidas aumentaban mes a mes. El banco sólo acertaba en enviar cartas explicando que la coyuntura era pasajera y vendrían tiempos mejores. La paciencia llegó a su término en la primavera de 2002, al comprender que lejos de llevar una gestión conservadora, el banco había invertido en operaciones de riesgo, y lo que es peor, dichas decisiones eran tomadas por los gestores sin recabar su consentimiento. Sus pérdidas superaban el 22% y las de su madre eran aún mayores. Tras reclamar por escrito a la dirección de Merrill Lynch en España, D. Luis se puso en contacto con la OCU.
La CNMV se lava las manos
Nuestra organización envió una reclamación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en nombre de Don Luis, de su madre y de otros cuatro socios afectados. En dicho escrito se denunciaba la conducta irregular del banco de negocios, que había tenido como resultado un quebranto patrimonial importante para los clientes. En su respuesta a la CNMV, Merrill Lynch se escudó en las complejas relaciones entre sociedades de su mismo grupo, americanas y españolas, para presentarse como mero asesor de los clientes afectados, que habría actuado exclusivamente, según su versión, ejecutando órdenes personales de los inversores. Además, como el contrato firmado, redactado en inglés, incluía una cláusula de sometimiento al arbitraje de diversas instituciones norteamericanas (al margen de otra en la que se exoneraba de toda responsabilidad a Merrill Lynch), el banco entendía que cualquier reclamación debería ser tramitada por los clientes en ¡Estados Unidos! Pues bien, para desesperación de los reclamantes, que habían contratado dichos servicios con agencias de valores en España (en Oviedo y en otras ciudades), la CNMV se lavó las manos al resolver que el asunto no era de su incumbencia.
EVOLUCIÓN DE NUESTRA CARTERA DE ACCIONES (lín. gruesa) Y DE SU REFERENCIA (base 100)
En el periodo referido, una gestión independiente como la llevada a cabo por la cartera de acciones Dinero Quince (vea D15 nº 360) pudo asegurar, en plena crisis generalizada, no sólo limitar las pérdidas sino obtener beneficios.
La Justicia pone las cosas en su sitio
Cerrada esa vía, la OCU recomendó a los afectados el inicio de una acción judicial, que fue efectivamente iniciada por D. Luis y Dª Ana. El proceso fue resuelto en primera instancia en enero de 2006, y posteriormente por la Audiencia Provincial de Oviedo en diciembre de 2006. Ambas sentencias dan la razón a los demandantes en todos los puntos. Se declaran nulas por abusivas las cláusulas que exoneraban de responsabilidad a la sociedad y enviaban a los clientes a reclamar a los EE UU. Se condenó, al banco a indemnizar a ambos clientes con la suma de 311.501,57 euros, alegando que existió una conducta culposa por la gestión agresiva de alto riesgo realizada, para la que el cliente no había autorizado. Y además se condenó a Merrill Lynch al pago de las costas del proceso (unos 50.000 euros, entre abogados, peritos, etc.).
Conclusión
Delegar la gestión de su patrimonio aunque sea en manos de unos supuestos profesionales, resulta muy arriesgado. Si hay pérdidas, nadie querrá responsabilizarse y difícilmente obtendrá el amparo de las entidades públicas de supervisión e incluso de los tribunales. Gestione usted mismo su cartera, siguiendo los consejos de nuestras publicaciones y de nuestro servicio de asesoría.