Compra la casa y reclama por el aire acondicionado y sistema solar térmico
En mayo de 2021, Andrés compró un unifamiliar en Baleares y al poco tiempo demandó al vendedor porque el aire acondicionado no funcionaba correctamente (eran 13 aparatos), al igual que la instalación solar para agua caliente. Por esos conceptos reclamó más de 17.000 euros, apoyándose en el informe de un ingeniero industrial. Además, se había pactado la inclusión de algunos muebles en la compraventa, y finalmente no se transmitieron (otros 3.000 euros reclamados).
Ejercitó la acción judicial de vicios ocultos. Los requisitos para que se reconozcan vicios ocultos en una compraventa son:
- El vicio tiene que ser anterior a la compraventa y debe ser grave. De manera que, si lo hubiera conocido el comprador, no habría comprado o lo habría hecho por un precio inferior.
- Debe estar oculto, no visible a primera vista. Aquí hay un punto de subjetividad sobre el comprador: si el comprador fuera un experto es más difícil que se le reconozca, porque lo debería haber percibido antes.
El vicio oculto tiene un plazo de reclamación de 6 meses. En algunos casos donde el defecto es tan grave que hace la cosa inservible para el fin para el que se compra, o disminuye sustancialmente su valor, es posible ejercitar la acción de resolución de la compraventa por haber entregado el vendedor un bien distinto al que se quiso comprar. Aquí el plazo es mayor. Por este motivo, en caso de problemas en la casa comprada es muy importante que un buen abogado analice las acciones judiciales a interponer, para ampliar las posibilidades de éxito.
Reclamar por vicios ocultos en la compra de vivienda.
Reclama por la climatización de la casa comprada.
Problemas de humedades generalizadas en la casa.
La prueba de los defectos, su gravedad y carácter oculto
Compra la casa y reclama por el aire acondicionado y sistema solar térmico
En mayo de 2021, Andrés compró un unifamiliar en Baleares y al poco tiempo demandó al vendedor porque el aire acondicionado no funcionaba correctamente (eran 13 aparatos), al igual que la instalación solar para agua caliente. Por esos conceptos reclamó más de 17.000 euros, apoyándose en el informe de un ingeniero industrial. Además, se había pactado la inclusión de algunos muebles en la compraventa, y finalmente no se transmitieron (otros 3.000 euros reclamados).
Ejercitó la acción judicial de vicios ocultos. Los requisitos para que se reconozcan vicios ocultos en una compraventa son:
- El vicio tiene que ser anterior a la compraventa y debe ser grave. De manera que, si lo hubiera conocido el comprador, no habría comprado o lo habría hecho por un precio inferior.
- Debe estar oculto, no visible a primera vista. Aquí hay un punto de subjetividad sobre el comprador: si el comprador fuera un experto es más difícil que se le reconozca, porque lo debería haber percibido antes.
El vicio oculto tiene un plazo de reclamación de 6 meses. En algunos casos donde el defecto es tan grave que hace la cosa inservible para el fin para el que se compra, o disminuye sustancialmente su valor, es posible ejercitar la acción de resolución de la compraventa por haber entregado el vendedor un bien distinto al que se quiso comprar. Aquí el plazo es mayor. Por este motivo, en caso de problemas en la casa comprada es muy importante que un buen abogado analice las acciones judiciales a interponer, para ampliar las posibilidades de éxito.
Reclamar por vicios ocultos en la compra de vivienda.
Reclama por la climatización de la casa comprada.
Problemas de humedades generalizadas en la casa.
La prueba de los defectos, su gravedad y carácter oculto
En el caso que comentamos, el vendedor alegó que la situación era conocida por Andrés antes de la compra y así se hizo constar en la escritura, que incluía la siguiente mención referida a que la parte compradora "declara conocer y aceptar, por haberla inspeccionado antes de la escritura pública de compraventa, con un técnico de su confianza, así como el funcionamiento de las instalaciones y el equipo técnico el cual los recibe a su satisfacción". Según el vendedor, existía un problema de falta de mantenimiento de esas instalaciones, pero no un defecto en sí.
En primera instancia se estimó parcialmente la demanda por lo que respecta a las instalaciones, pero se desestimo por la parte de los muebles, por falta de prueba del incumplimiento. El recurso del vendedor hace que la Audiencia Provincial de Baleares analice las pruebas (SAP Baleares 2/4/2024).
El comprador visitó la casa antes de comprarla en compañía de un arquitecto. Este se preocupaba por las cuestiones referidas a temas urbanísticos, no por el funcionamiento de los aparatos. No era posible ver el interior del aparato de aire acondicionado en una visita ordinaria, y los malos olores aparecieron después de llevar un tiempo en marcha, no eran instantáneos. El problema constatado por el informe técnico venía de falta de filtros en los aparatos desde su primera instalación, y por falta de limpieza.
El Tribunal considera que el mal olor es una merma significativa para hacer uso de la vivienda, y confirma la condena en ese punto.
Respecto de la instalación solar térmica, el informe presentado por Andrés mostró que había algunos tubos rotos en la terraza-tejado. El vendedor dijo que eso se aprecia a simple vista y que no se probó que estuvieran rotos en el momento de la venta, que se trataba de problemas de mantenimiento por el nuevo comprador.
La instalación no puedo comprobarse en la visita anterior a la compra, por falta de acceso. El hecho de que el certificado de eficiencia energética dijera que existía la instalación de agua caliente, no implica que estuviese en buen estado. Los jueces confirman que es vicio oculto y se rechaza el recurso del vendedor, que finalmente es condenado a pagar 16.000 euros al comprador, además de las costas.